Redacción Delegalymas
Este martes mediante el decreto 171-21 el Poder Ejecutivo dispuso que se mantengan las medidas contenidas en el decreto 133-21 del primero de marzo, 2021, con vigencia a partir del del jueves 18 de marzo hasta el 15 de abril inclusive, pero introdujo medidas excepcionales durante los días 2 3 y 4 de abril., 2021.
Dispone en su artículo 2 el decreto, que el horario durante estos tres días, Viernes Santo, Sábado Santo, y Domingo de Resurrección, el horario será, en todo el territorio nacional, de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana, con las mismas tres horas de libre tránsito, es decir hasta las 10:00 de la noche para llegar a sus hogares o lugar de destino.
Asimismo, se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas para el consumo en lugares y establecimientos públicos y privados de uso público. Respecto a las actividades del sector turismo indica que seguirán reguladas por los protocolos sectorial.