Redacción Delegalymas
La ley prohíbe emitir certificados sobre no antecedentes penales a personas menores de edad, amparada en el interés de la protección de los niños, niñas y adolescentes, recordó este viernes la Procuraduría General de la República.
En ese sentido, informó a las instituciones que requieren de este documento para cualquier trámite, que a partir del 1 de mayo próximo no emitirá ninguna certificación de este tipo, de acuerdo con lo que establece la Ley 136-03, del 7 de agosto de 2003, que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
“La persona adolescente tiene derecho a que su intimidad y la de su familia sean respetadas; los datos relativos a hechos cometidos por ellos o ellas son confidenciales. Consecuentemente, no puede ser objeto de publicación ningún dato que, directa o indirectamente, posibilite su identidad”, establece el artículo 231 de la citada norma, indica la institución de justicia.
Informa el organismo, que ha emitido, a través de la secretaría general del Ministerio Público, una carta constancia sin el nombre de la persona solicitante, en la que advierte que dicha certificación no procede, y que lo adelante, toda solicitud de certificado de buena conducta será declinada de forma automática.
La secretaria general del Ministerio Público, Gladys Sánchez Richiez, expresó al respecto: “Sabemos que las instituciones que nos solicitan este servicio no son conscientes de que al requerirlo están violentando una norma, por lo que expresamos la necesidad de que todos velemos por el respeto a los derechos de niños, niñas y adolescentes, consagrados en nuestra legislación”.
Dijo que entre enero y principios de febrero, la institución recibió 90 solicitudes de certificación de buena conducta para menores de edad, 70 de ellas para fines migratorios, requeridas por consulados de países que tienen relaciones diplomáticas con República Dominicana, y resto de universidades, del Ministerio de Defensa y otras instituciones.