Redacción Delegalymas
La resolución del Ministerio de Trabajo que establecía un régimen regulatorio para el trabajo doméstico en República Dominicana, en la que se disponía la obligatoriedad de un contrato que especificara un horario de ocho horas, seguridad social, horas de descaso diarios y semanales, entre otras reivindicaciones, fue dejada sin efecto este martes por el Tribunal Constitucional (TC).
El tribunal de alzada publicó la parte dispositiva de la sentencia sobre un recurso de la acción directa de inconstitucionalidad interpuesto el 16 de diciembre de 2022 en contra de la resolución 14-2022, sobre adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Indica dicho dispositivo legal, que admite y acoge el recurso, y “declara no conforme con la Constitución la resolución, emitida el 25 de agosto de 2022, y “ordena la comunicación de la presente sentencia, mediante el comunicado número 35/23-Secretaría del Tribunal Constitucional” a la parte accionante -Ministerio de Trabajo- organismo que emitió la resolución, al Congreso Nacional y a la Procuraduría General de la República.
El recurso de inconstitucionalidad de la resolución sobre la regularización del trabajo doméstico en el país fue incoado por los abogados Luis Vilchez Bournigal, Jorge Vilchez Bournigal y Laura Serrata.