El Tribunal General de la Unión Europea (UE) rechazó este miércoles que se registe el nombre de Pablo Escobar como marca, bajo el argumento de que el público lo asocia con el tráfico de droga y el narcoterrorismo.
La justicia europea confirmó en primera instancia la denegación del registro de la marca Pablo Escobar decidida por la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO), con sede en Alicante (España).
Dicho organismo de la UE vetó el registro, por considerar que la marca era contraria al orden público y a las buenas costumbres, y se basó en la percepción del público español, ya que este tiene un mayor conocimiento de Pablo Escobar, debido a los vínculos existentes entre España y Colombia.
Caso Escobar. Pablo Escobar, de origen colombiano, nació el 1 de diciembre de 1949 y fallecido el 2 de diciembre de 1993, fue un presunto capo de la droga y narcoterrorista, fundador del cártel de Medellín (Colombia), del que era dirigente.
El 30 de septiembre de 2021, la sociedad Escobar Inc., con domicilio social en Puerto Rico (Estados Unidos), solicitó a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) el registro del signo denominativo Pablo Escobar como marca de la Unión Europea, con la finalidad de ampliar una gama de productos y servicios.
Pero, según la decisión de este miércoles del Tribunal General de la UE, la EUIPO podía basar su apreciación en la percepción de los españoles razonables, con umbrales medios de sensibilidad y tolerancia y que comparten los valores indivisibles y universales en los que se basa la Unión, como la dignidad humana, la libertad, la igualdad, la solidaridad, los principios de la democracia, del Estado de Derecho y el derecho a la vida y a la integridad física.
El tribunal, con sede en Luxemburgo, dictaminó que la EUIPO estimó correctamente que esas personas asocian el nombre de Pablo Escobar con el tráfico de drogas y con el narcoterrorismo, así como con los crímenes y el sufrimiento derivados de ellos, más que con sus posibles buenas obras a favor de los pobres en Colombia.
Por tal sentido, de acuerdo con el Tribunal General, la marca será percibida como contraria a los valores y a las normas morales fundamentales imperantes en la sociedad española. Añade que no se ha vulnerado el derecho fundamental de Pablo Escobar a la presunción de inocencia, ya que, si bien nunca fue condenado penalmente, en España es percibido públicamente como símbolo de la delincuencia organizada, responsable de numerosos delitos.
Escobar Inc. es el holding oficial de Pablo Escobar, fundado en 1984 por su hermano Roberto Escobar en Medellín, Colombia, que administra los activos de la familia, incluyendo derechos de propiedad intelectual y licencias de los mismos, según indica en su página web.
Contra las resoluciones del Tribunal General la parte rechazada podría interponer un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia, alegando la limitación y vulneración a sus derechos. Para dichas acciones judiciales tendrían un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de dicha resolución.
Fuente: EFE