Redacción Delegalymas
A partir de ahora los dominicanos que por años han venido celebrando “Thanksgiving Day” como es nombrado en el idioma inglés, Día de Acción de Gracias, en español, entiendo que lo harán más libremente, ya que esta celebración no era bien vista por muchos en la isla, quienes tachaban a los que así lo hacían como imitadores de culturas estadounidenses.
Sin embargo, desde que el abogado, profesor universitario, exjuez y expresidente de la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana, Jorge Subero Isa, publica hace unos tres días en su cuenta de X, antigua Twitter que la celebración de este día está establecido legalmente, se supone que los que lo vienen haciendo desde años anteriores continuarán y los que por miedo a que les criticasen, los tacharan de imitar costumbres y culturas foráneas ahora lo celebrarán.
El magistrado posteó en su red social hace justamente cuatro días, que la Ley que establece la celebración del Día de Acción de Gracias en el país es la número 60-38 del año, dictada por el Consejo de Estado el 18 de septiembre de 1962.
Posteó @jorgesuberoisa en X: ¿“Sabías que por ley en RD existe el Día de Acción de Gracias?, Pues mire que sí. La Ley 60-38 dictada por el Consejo de Estado el 18- 9-1962, dice: “ARTICULO ÚNICO” .- Se declara Día de Acción Gracias y Oraciones el 4to. Jueves del mes de noviembre de cada año”.
Obviamente, el mensaje del magistrado llamó mucho la atención de sus seguidores que lo retuitearon, el cual fue reproducido en diversos medios de comunicación, dejando claro que no es “pecado” celebrar este día en República Dominicana, que no tiene que ver nada con ser “pro-yankees”.
Siendo así este jueves 28 de noviembre 2024, ¿por qué no dar gracias por todo lo recibido y no recibido este año que casi termina?. Ser agradecidos, nunca es malo, sin importar si está establecido en una ley o no, así que veamos el lado bueno de “Thanksgiving Day”, Día de Acción de Gracias.
Recuerde que no necesariamente tiene tiene que tener en su mesa un pavo y todas las demás guarniciones que caracterizan la mesa de esa noche de celebración tradicional, dé gracias con lo que tenga, con lo que esté a su alcance, lo importante es agradecer. Pero, si puede poner el pavo, mejor aún.
La Ley 60-38. Tiene un artículo único. Fue promulgada a los 18 días del mes de septiembre del año 1962 en el Palacio Nacional, por el Consejo de Estado conformado para entonces por Rafael F. Bonnelly, presidente, Nicolás Pichardo, primer vicepresidente;, Donald K. Reid Cabral, segundo vicepresidente, así como monseñor Eliso Pérez Sánchez, Antonio Imbert Barrera, Luis Amiama Tió y José A. Fernández Caminero, miembros.
Al momento de su promulgación era el año 199 de la Independencia y el 99 de la Restauración, según refiere, y que el espíritu de la misma “es el deber sagrado de la humanidad de rendir culto a Dios y darle gracias por haber recibido de Él la existencia, y porque siempre colma de innumerables beneficios”, establece la Ley entre otras cosas.