Redacción Delegalymas
Durante una rueda de prensa realizada este miércoles, el Consejo de Defensa del ex procurador de la República, Jean Alain Rodríguez, presentó las principales causas y faltas graves que justifican el cambio de tribunal solicitado el pasado 29 de enero a través de una recusación formal, contra los magistrados Keyla Pérez Santana, Elías Santini Perera y Arisleyda Méndez Bautista, quienes integran el Cuarto Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional.
Indicaron los juristas de la defensa de Rodríguez, que dicho tribunal fue ilegalmente designado de forma directa y sin el debido proceso de selección aleatoria, para conocer el juicio de fondo de su cliente.
Los abogados Carlos Balcácer, Gustavo Biaggi y Nelys Rivas, presentaron durante la rueda más de 20 pruebas escritas y audiovisuales de las faltas que señalan graves, y que consideran obligan al inmediato cambio de Tribunal, lo cual deberá decidir en los próximos días la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Entre las faltas señaladas como graves, mencionaron la prohibición del acceso a la prensa en las audiencias con cámaras y grabadoras, sin esto haya sido solicitado, violando así el derecho a un juicio público, así como el impedimento a los abogados para presentar la propia recusación de forma oral, como lo ordena la ley a los jueces, evidenciándose “el interés de estos jueces de ocultar la forma, arbitraria y poco transparente con la que estaban desarrollando las audiencias”.
Otra de las faltas que afirmaron cometió la recusada jueza Keyla Pérez Santana, fue fijar fecha y día de las audiencias del juicio, consciente y a sabiendas de que varias de las partes no habían sido notificadas del Auto de Apertura al juicio del cual debían defenderse, y que según se evidenció la misma jueza pretendía iniciar el juicio sin contar con todas las pruebas de la defensa en su poder, violando con esa acción el artículo 305 del Código Procesal Penal, Ley 76-02, comprobándose así que las pruebas de la defensa no resultaban de su interés.
Indicaron también como falta grave, que la recusada Jueza Keyla Pérez Santana ordenó directamente y por escrito a Jean Alain Rodríguez y sus compañías, depositar diversos documentos en un plazo de 5 días y, una vez depositados dentro de ese plazo, decidió desconocer su propio mandato y rechazar recibirlos, de forma arbitraria y sin ninguna base legal, al ver que los documentos contenían 20 incidentes que anulaban por completo el proceso penal, para que estos no fueran presentados ni discutidos en audiencia pública.
Presentaron asimismo, pruebas de que dichos jueces y la secretaria del Tribunal cometieron falsedad intelectual, alterando, manipulando y falseando el contenido del acta de audiencia de fecha 11 de octubre de 2024, la que por demás se negaban a entregar, mintiendo respecto a las verdaderas causas del aplazamiento de la audiencia convocada por ellos para el 4 de noviembre 2024, siendo esta un día festivo, reflejando de forma falsa que convocaron para el 5 de noviembre, fecha en la cual efectivamente trataron de celebrar la audiencia, sin convocar las partes, ocultando sus errores, y señalando que dicho reenvío, que costó casi 3 meses al proceso, había sido ocasionado por las defensas.
“Esto fue demostrado con los audios de la audiencia que prueban la verdad y el delito de falsedad intelectual de estos jueces y secretaria del Tribunal”, indicaron los juristas defensores del exprocurador.
Los togados también presentaron y entregaron en la rueda de prensa la resolución número 941-2024-SRES-00095 en la que afirman se evidencia que la jueza Keyla Pérez Santana condicionó la variación de una medida de arresto domiciliario a un imputado, a la existencia de acuerdos o colaboración con la Procuraduría, infiriendo que solo de esa forma sería liberado, sin ser esa una causa de mantenimiento de una medida de coerción, y un hecho que consideran, además de mostrar la falta de independencia y parcialidad prohibida, constituye una violación al Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial.
Señaron asimismo los abogados que los mencionados jueces habían cometido el delito de prevaricación, al irrumpir audiencia de otro tribunal para intimidar jueces, bajo falsa calidad de “víctima”, con la teoría de espionaje de un imputado que reside en el mismo domicilio que el recusante Jean Alain Rodríguez.
Mostraron igualmente, la existencia de enemistad que persiste entre el doctor Carlos Balcácer y el juez Elías Santini Perera, por casos legales previos llevados en su contra y en contra de su familia, lo que afirman le impide conocer cualquier caso que represente el jurista Balcácer, conforme lo establece el Código Procesal Penal.
“Nuestro representado lleva casi 4 años arbitrariamente privado de libertad, sin ninguna justificación, y el juicio debe ser desarrollado por jueces imparciales y objetivos. Este reclamo, no solo busca justicia para los implicados, sino también proteger la confianza pública en la integridad del sistema judicial dominicano, señalaron los togados de la defensa de Jean Alain Rodríguez en la rueda de prensa.