Redacción Delegalymas
La jueza Rosalba Francisco Parra, del Juzgado de la Instrucción de Puerto Plata, impuso una garantía económica de un millón de pesos, presentación periódica e impedimento de salida del país a Jesús Aldea Abian, de nacionalidad española, el abogado Pedro Pablo Pérez, y su esposa Griselda Antonia Calderón Taveras, acusados de fraude millonario, estafa y uso de documentos falsificados relacionado con el proyecto habitacional “Paraíso Dorado”.
Las medidas de coerción dictada por la magistrada a los implicados, se fundamentaron en las evidencias aportadas por el Ministerio Público, cuya investigación y acción judicial se inició tras una querella presentada por Dámaso Medrano Reyes, quien denunció haber sido víctima de la falsificación de su firma en un poder general, mediante el cual se otorgaban amplias facultades a su entonces socio Jesús Aldea Abián, para actuar en su nombre dentro del proyecto.
De acuerdo con los detalles de la querella, los documentos falsificados fueron utilizados para desviar fondos de inversionistas hacia otras dos compañías: Guztrade SRL y Condular SRL, creadas junto a los también imputados Pedro Pablo Pérez y Griselda Antonia Calderón Taveras. Añade asimismo en la querella, que a pesar de los pagos realizados, el proyecto, que debió levantarse en el municipio San Felipe de Puerto Plata, nunca fue construido.
Establece la investigación del Ministerio Público, que el poder fue legalizado por el notario Rodolfo Morales Almonte, el cual fue enviado al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) para analizarlo. Sin embargo, el peritaje realizado mediante certificado No. DRN-075-2025, de fecha 26 de junio de 2025, confirmó que las firmas no corresponden al señor Medrano Reyes, validando la denuncia de falsificación.
Durante la audiencia para el conocimiento de medida de coerción, la fiscal litigante Massiel Peña aportó suficientes evidencias ante la jueza Rosalba Francisco Parra, quien decidió las medidas cautelares.
Rosalía Vargas Gómez, fiscal investigadora del caso, continúa las diligencias para determinar la magnitud del fraude, mientras el caso ha recibido de manera preliminar la calificación jurídica de violación a los artículos 145, 146, 147, 148, 150, 151, 265, 266, y 408 del Código Penal dominicano.

