Dr. Rafael Ant. Román R.
Abogado y catedrático de la UASD
La República dominicana en su conformación como estado eligió como sistema político e institucional “la Democracia Representativa, así se expresa en el artículo 4 de su constitución política, el cual se lee “El gobierno de la nación es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo”, también expresa en su artículo 7 lo siguiente: “la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma de república unitaria, fundado en el respecto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos”.
La democracia representativa tiene como característica que todo ciudadano podrá participar libremente en los procesos políticos que sean organizados en el país, con las mismas condiciones que lo haría cualquier ciudadano común, siempre que éste cumpla con los requisitos y parámetros que imponga la norma elaborada a tales fines.
Otra característica igual de importante, es el respecto que deben observar los actores del orden democrático frente a la decisión evacuada de parte de la mayoría, muestra fehaciente de lo que la gente quiere.
Todo ello dentro del marco del ejercicio de soberanía que se les reconoce a los pueblos. Ello así en evidente contraste a lo que se establece en las dictaduras, oligarquías, reinados y otros en los que las decisiones emanan directa e indirectamente de la voluntad del monarca, oligarca o dictador.
La democracia representativa se ejerce por representación de los miembros elegidos de forma libre y democrática para que integren órganos jurisdiccionales, dentro de los cuales cabe señalar al respecto, el poder legislativo y los ayuntamientos con sus ediles. En la elección de cada uno de ellos queda plasmada la voluntad del pueblo en un ejercicio del voto libre y soberano.
Este voto emitido trae consigo las condiciones y requisitos para el ejercicio de la función que con él se le encomienda a los futuros gobernantes. El tiempo por el cual se le elige, cuando inicia y cuando debe terminar; actividad ésta que fuera descrita por Jean Jacques Rousseau, en su obra “el contrato social”, acuerdo entre el pueblo y sus gobernantes.
El orden institucional, político y democrático de un país no se fortalece cuando sus gobernantes desvían su mirada al llamado y pretensiones naturales de los pueblos, y peor aun cuando retiran sus oídos del palpitar y de los latidos del corazón del pueblo.
La política es una ciencia en la que los procesos van y vienen en función de los intereses del soberano, que es el pueblo. Lo que en un momento de su historia pudo ver como un paso trascendental, satisfactorio y hasta conveniente para la mayoría que lo integran, mañana podría ya no ser así, se debe respetar la voluntad popular a través de los medios de los que ésta disponga para expresar lo que realmente quiere.