Redacción Delegalymas
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció que mantiene la exoneración del pago del Anticipo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al mes de mayo 2020, cuya fecha de vencimiento es el 15, para la mayoría de los contribuyentes.
Esta medida será aplicada de manera automática, por lo que los contribuyentes no tendrán que hacer solicitudes particulares para que la misma les sea aplicada, informa la institución recaudadora.
Al hacer el anuncio, la entidad recordó que los grandes contribuyentes nacionales que se mantienen operando quedan sujetos al pago del anticipo de ISR.
“Si alguno de esos grandes contribuyentes nacionales presenta circunstancias particulares que le impidan realizar el pago, podrán solicitar la exención total o parcial de esta obligación, adjuntando los documentos que sustenten la disminución de ingresos por causa de fuerza mayor o de carácter extraordinario, al correo electrónico creditosycompensacionesggc@dgii.gov.do”, indicó la DGII.
Por otro lado, Impuestos Internos también informó la decisión de otorgar un acuerdo de pago en cuatro cuotas mensuales iguales y consecutivas a todas las personas físicas obligadas a presentar la declaración jurada del ISR de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas (IR-1) del periodo fiscal 2019.
“Este acuerdo se generará automáticamente para todos los contribuyentes que presenten un total a pagar al momento de realizar su declaración jurada”, precisa un aviso publicado por la DGII.
“Estas medidas de facilitación se adoptan en adición a las anunciadas en distintos avisos publicados en las semanas anteriores y que impactan las obligaciones tributarias con fechas límites de presentación y pago en el mes de mayo de 2020. La decisión tiene como objetivo apoyar a los diferentes sectores productivos, tomando en cuenta el impacto de la situación sanitaria que vive el país a consecuencia de la pandemia ocasionada por el coronavirus o COVID-19”, sostuvo la DGII.