Inicio De Actualidad Dominicanos en el exterior podrán ejercer su derecho al voto el 5 de julio

Dominicanos en el exterior podrán ejercer su derecho al voto el 5 de julio

por DeLegalymas

Redacción Delegalymas

Este lunes el pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su presidente,  Julio César Castaños Guzmán, aprobó la Resolución No. 52-2020 mediante la cual convoca a la celebración de Elecciones Extraordinarias Presidenciales y de Diputaciones a representantes de la comunidad dominicana el 5 de julio de 2020 en las circunscripciones del exterior.

Establece la resolución, que “el día cinco (5) de julio del año dos mil veinte (2020) se celebrarán las Elecciones Extraordinarias Generales Presidenciales y de Diputados representantes de la comunidad dominicana en el exterior, por tanto, simultáneamente a la reunión de las Asambleas Electorales en el ámbito de la República Dominicana, dichas asambleas se reunirán además en las ciudades del exterior que se señalan en la ley para elegir los siete representantes de la comunidad dominicana en el exterior”.

Convocó asimismo, a ejercer el sufragio en el exterior en las ciudades de Estados Unidos de América, Europa, Centroamérica e Islas del Caribe señaladas en la Ley Orgánica de Régimen Electoral.  Indica, que tienen derecho a concurrir mediante esta convocatoria los ciudadanos empadronados para votar en las circunscripciones del exterior y que lo harán en aquellos colegios electorales que tenga a bien crear la JCE en coordinación con las Oficinas para el Registro de los Electores en el Exterior (OPREE) y las Oficinas Coordinadoras de la Logística Electoral en el Exterior (OCLEE) respectivas.

La convocatoria abarca las siguientes demarcaciones: 1) Primera Circunscripción (3 diputados) Montreal, Toronto, New York, Massachusetts, Rhode Island, New Jersey, Pennsylvania, Washington DC, Connecticut. 2).  Segunda Circunscripción (2 diputados) Miami, Orlando, Puerto Rico, Panamá, Curazao, San Marteen. 3) Tercera Circunscripción (2 diputados) Madrid, Barcelona, Amsterdam, Milano y Zurich.

La resolución dispone que, en el caso de los electores empadronados en Venezuela, los mismos estarán registrados para votar en la isla de Curazao, y que “los ciudadanos empadronados en diferentes ciudades adscritas a las referidas anteriormente votarán en los colegios que sean creados a partir de las condiciones sanitarias y las disposiciones de los Estados Receptores”.

Se instruyó igualmente a las OPREE´s y OCLEE´s a continuar las gestiones de recintos electorales en sus respectivas demarcaciones a fin de que puedan ser celebradas las elecciones, así como el personal requerido para la integración de los respectivos colegios electorales en el exterior, atendiendo a las disponibilidades establecidas por las autoridades de los Estados Receptores.

Asimismo, se instruyó además, a que se proceda con la organización de todo lo relativo al cómputo electoral, en coordinación con las direcciones técnicas correspondientes de la JCE.

Al presentar la resolución el pleno de la JCE estuvo presidido por el magistrado Julio César Castaños Guzmán, e integrado por los magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, todos asistidos por el doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos, secretario general.

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