Redacción Delegalymas
Buenos Aires. EFE – Un juez argentino rechazó un polémico dictamen fiscal que había rebajado la calificación penal de cinco imputados por abuso sexual, avalando un juicio rápido para ellos y considerado que la violación por la que están acusados había sido un «desahogo sexual».
La controversia se originó la semana pasada, cuando el fiscal de la localidad patagónica de Rawson Fernando Rivarola emitió una resolución en la que tildó de «desahogo sexual» la violación en manada que una joven denunció hace un año y medio haber sufrido en 2012, cuando ella tenía 16 años, durante una fiesta en una casa de Playa Unión, en la costa atlántica.
Si bien los hechos habían sido calificados en un primer momento por el fiscal como «abuso con acceso carnal», luego decidió rebajarlo a «abuso sexual simple», una calificación por la que ninguno de los cinco acusados podría ser enviado a la cárcel, al prever penas menores a tres años, y se impulsó la petición de un juicio abreviado, según un acuerdo ratificado el pasado lunes por las partes.
«Considero que por los propios hechos relatados por la Fiscalía, la calificación debe ser otra, en este caso abuso sexual gravemente ultrajante con la participación de dos o más personas con una pena mínima de 8 años y una máxima de 20», expresó este miércoles en declaraciones al canal TV el juez Marcelo Nieto, encargado del caso.
Acuerdo entre los imputados y la víctima. En todo momento, la Fiscalía ha expresado que la víctima -que no ha hecho declaraciones públicas- estaba «totalmente conforme» con el acuerdo de juicio abreviado, al ser «realmente aliviador para ella» por ver la posibilidad de «darle un cierre definitivo a este hecho» y sentir la «inmensa tranquilidad» para «retomar su vida cotidiana».
Sin embargo, el Ministerio Público señaló que el «hecho inesperado de ver en las redes sociales y la televisión que su caso reaparece sin su consentimiento» provocó que se la revictimizara «una vez más».
Ahora, al conocerse la postura del magistrado de no convalidar ese acuerdo, la Fiscalía anunció que recurrirá esa resolución «por no haber respetado la voluntad expresa de la víctima y soslayar la opinión de su terapeuta, quien explicó las razones por las cuales la joven no puede continuar con este proceso».
El juez cuestiona el acuerdo. Desde que se conoció el caso, a comienzos en 2019, los medios locales publicaron que los jóvenes acusados pertenecían a familias influyentes de Chubut, provincia donde se denunciaron los hechos.
«Me hacen saber que hubo un acuerdo privado entre los imputados y la víctima, que no me hicieron saber el monto (económico) y en qué consistía porque hay un pacto de confidencialidad», señaló el juez, quien relató que la Fiscalía le habló de ese «acuerdo reparatorio independiente» y le pidió que no lo reflejara «en la sentencia», lo que Nieto consideró un «agravio personal».
«Me resulta repugnante que haya una justicia dependiendo de la capacidad económica de los imputados. Tenemos justicia para ricos y para pobres, lo cual viola la Constitución. Todos somos iguales ante la ley», agregó.
Al ser consultado por si los imputados silenciaron a la víctima con dinero y por eso ella aceptó, el juez contestó: «Si ha pasado eso, no lo sé. Lo que puedo decir es que me hicieron saber que hubo un acuerdo. La Fiscalía siempre insistió con el consentimiento de la víctima (respecto al acuerdo)», destacó.
«Consideré que ese consentimiento en el sentido que me lo quieren hacer saber no es válido, porque parte de un acuerdo privado, económico. Y no está dentro de las facultades discrecionales del Ministerio Público Fiscal, porque nuestro código permite que haya una discreción en determinado delito menor pero en el abuso sexual no», remarcó.
Las explicaciones del fiscal. En medio de la polémica, Rivarola emitió un comunicado en el que reconoció que la frase «desahogo sexual» utilizada en su presentación, «pese a su amplio y arraigado uso judicial, debe ser erradicada».
«Soy consciente, hoy más que nunca, de la importancia que tienen las palabras como instrumentos de cambio en la deconstrucción de estereotipos machistas», subrayó.
Sin embargo, vio «necesario aclarar» que «lejos de haber utilizado la expresión para minimizar o justificar conducta alguna, su empleo tuvo el único sentido de describir los delitos imputados como acciones de cosificación de la víctima y de degradación de su dignidad, así como la voluntad del agresor de cometerlo sin el consentimiento de la víctima».
Además, el fiscal recalcó que decidió abrir de oficio en 2019 -después de que la víctima denunciara en redes sociales lo ocurrido en 2012-, «hecho que de otra manera hubiera quedado impune pues no se había realizado la denuncia judicial y se trataba de un delito de abuso sexual –no violación- que depende de la instancia privada».
Rivarola indicó los obstáculos a los que se enfrentó durante la investigación, «muchos de ellos derivados de los años transcurridos», que atentaron contra la obtención de «mayor cantidad de pruebas que permitieran reconstruir la totalidad de los hechos con la certeza que el proceso penal exige».
Por último, el que trascendiera parcialmente el contenido de su controvertida resolución generó en su opinión «una importante tergiversación de los hechos, cuya inmediata repercusión masiva ha impactado negativamente en la víctima, revictimizándola e invadiendo nuevamente su intimidad»