Redacción Delegalymas
Si bien es cierto que desde tiempos inmemoriales, ha existido discriminación en diferentes ámbitos: racial, por diferencia de género, estatus social… también es cierto que hoy día es cada vez menos, debido a que se está educando al respecto, además de que la discriminación está establecida como violatoria de los derechos fundamentales en la Constitución y leyes del país.
Sin embargo, aún hay desaprensivos, que parecería que desconocen de estas normativas. La consideración surge debido a que recientemente recibimos la noticia de un colega –el periodista Eusebio Marte- quien denunció que sus derechos les fueron vulnerados por un conductor de una ruta del transporte colectivo Caribe Tours, cuando trató de abordar una de sus unidades con destino Santo Domingo a la provincia de Montecristi, presuntamente porque éste sospechó que el usuario no era de nacionalidad dominicana.
Es importante que la ciudadanía conozca que tanto la Constitución en su artículo 46 como la Ley 63-17 en su el artículo número 56 se refieren al derecho al tránsito de los ciudadanos dominicanos en todo el territorio nacional.
Expresa la Constitución Dominicana en su artículo 46: “Libertad de tránsito. Toda persona que se encuentre en territorio nacional tiene derecho a transitar, residir y salir libremente del mismo, de conformidad con las disposiciones legales”.
Continúa: “Ningún dominicano o dominicana puede ser privado del derecho a ingresar a territorio nacional. Tampoco puede ser expulsado o extrañado del mismo, salvo casos de extradición pronunciado por una autoridad judicial competente, conforme a la ley y los acuerdos internacionales vigentes sobre la materia”.
Mientras que el artículo 56 de la Ley 63-17 establece: “Todas las personas tienen derecho a transportarse sin discriminación alguna, sin importar que sean dominicanos o extranjeros, ya que estos tienen el mismo derecho a transportarse de manera segura y sin discriminación.
Es decir que lo ocurrido con el colega Marte, es evidentemente una violación a los mandatos tanto de la Constitución como de la Ley de tránsito, ya que le fue negado el servicio, según dio a conocer en una carta y posteriormente una nota informativa
Es bueno recordarle tanto a Caribe Tours como a su conductor, que República Dominicana es un país democrático en el que todos los ciudadanos tienen derecho a las libertades consagradas en la Constitución y las leyes, y, por supuesto, el libre tránsito es parte de esas libertades.
Aquí la nota informativa