Redacción Delegalymas
Mediante el decreto 773-22, emitido este viernes 30 de diciembre, 2022, el presidente Luis Abinader declara el lunes 2 de enero, 2023 como no laborable, tanto para el sector público como para el privado.
Se dispone la suspensión de labores en todo el territorio nacional durante el día 2 de enero, a causa de las razones considerativas de citado decreto.
Se instruye al Ministerio de Trabajo y al Ministerio de Administración Pública a determinar la forma de aplicación de la indicada suspensión en los sectores públicos y privados.
En su considerando primero expresa el decreto: «De conformidad con el artículo 8 de la Constitución de la República, es función esencial del Estado la protección efectiva de los derechos de las personas, por lo que es deber del Poder Ejecutivo ejecutar medidas tendentes al adecuado disfrute de los derechos fundamentales, máxime cuando se puedan prever situaciones que impliquen un riesgo para la integridad de las personas».
Continúa en su considerando número 2 que: «Es deber del Estado contribuir con el adecuado disfrute de las festividades cultuales y las tradiciones del pueblo dominicano, como lo es el feriado de Año Nuevo».
Asimismo en su considerando número 3 y último, dice: «Que las tradicionales festividades del día 1 de enero coinciden en 2023 con el día domingo, por lo que de dejarse habilitado el lunes 2 de enero para la incorporación a las labores, impediría el pleno disfrute familiar del merecido asueto de Año Nuevo y se generaría un congestionamiento en las principales vías del país, lo cual podría representar riesgos para personas y bienes».