Inicio DESTACADAS Corte de Apelación confirma condena a Rondón y Díaz Rúa; MP dice la recurrirá en la Suprema Corte

Corte de Apelación confirma condena a Rondón y Díaz Rúa; MP dice la recurrirá en la Suprema Corte

por DeLegalymas

Redacción Delegalymas

La Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, ratificó este viernes la sentencia emitida por los jueces Pedro Sánchez, Daniel Nolasco y Nancy Joaquín del Primer Tribunal Colegiado, que condenó a ocho años de prisión a Ángel Rondón Rijo y a cinco años a Víctor Díaz Rúa, al declararlo culpable de corrupción por enriquecimiento ilícito y por los US$92 millones de sobornos que distribuyó Odebrecht en República Dominicana para incidir en la adjudicación de contratos de obras pagadas con fondos de los contribuyentes.

Sobre la ratificación del tribunal de alzada, el procurador fiscal José Miguel Marmolejos dijo que Ministerio Público la recurrirá en la Suprema Corte de Justicia.

Expresó que en cuanto a los aspectos de la decisión del tribunal, que ratifica la sentencia del Primer Tribunal Colegiado, que descarga de la responsabilidad penal al imputado Conrado Pittaluga Arzeno en el Caso Odebrecht no están de acuerdo.

“En cuanto a los aspectos de la decisión del tribunal con los que no estamos de acuerdo, fundamentalmente, lo que es el descargo del imputado Conrado Pittaluga, vamos a recurrir en casación, que es la próxima etapa de este proceso, ante la Suprema Corte de Justicia”, precisó.

 “El Ministerio Público, en cuanto a lo que son los recursos de apelación, valoramos positivamente que se haya confirmado la condena de los imputados Ángel Rondón y Víctor Díaz Rúa, lo cual demuestra lo que siempre ha sostenido el Ministerio Público, de que en estos casos hubo enriquecimiento ilícito y pagos de sobornos” sostuvo el litigante, adscrito a la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca).

Indicó Marmolejo, que en esta instancia el Ministerio Público había solicitado que en el caso de Díaz Rúa, el tribunal acogiera las imputaciones por lavado, ya que sólo fue condenado por enriquecimiento ilícito, y que su condena sea de 10 años de prisión, mientras que en el caso de Pittaluga, acusado por lavado de activos provenientes de actos de hecho de sobornos, se había solicitado revocar su absolución y que sea condenado a siete años de  prisión y, en cuanto Rondón Rijo, que se mantuviera la sentencia consistente en los  ocho años de prisión.

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