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Corte Suprema de Estados Unidos acepta considerar derechos LGBTQ

por DeLegalymas

Este martes la Corte Suprema de Estados Unidos aceptó considerar el caso de una diseñadora de portales en la web en el Estado de Denver Colorado, quien ha dicho que sus creencias religiosas le impiden ofrecer sus servicios a parejas gay. 

El tribunal se comprometió a considerará la causa de Lorie Smith, del área de Denver, que brinda los servicios de diseño gráfico en la web y quiere expandirlos, con servicios de bodas, sin embargo, afirma que su fe cristiana le impide aceptar pedidos de parejas gay para diseñarles portales de bodas. Ha dicho ella además, que quiere colocar una declaración en su portal sobre sus creencias, pero hacerlo violaría una ley antidiscriminatoria en Colorado.

Smith asegura no obstante, que esta ley viola sus derechos a la libre expresión y libertad religiosa.  La Corte Suprema al aceptar considerar el tema en cuestión, dijo que sólo examinará lo relativo a la libertad de expresión.

Añadió el tribunal, que decidirá si una ley que requiere que un artista hable o guarde silencio viola la cláusula de libertad de expresión de la constitución. El caso sobre el tema será llevado a cabo en el otoño próximo.  

La representante legal de Smith, Kristen Waggoner, dijo en una declaración tras el anuncio que “Colorado ha usado su ley como un arma para silenciar el discurso con el que no concuerda, para forzar el discurso que aprueba y para castigar a todo el que disiente”.  

Mientras que el fiscal general de Colorado Phil Weiser dijo que la Corte Suprema ha ratificado consistentemente que las leyes antidiscriminatorias, como la de su estado son aplicables a todos los negocios que venden bienes y servicios.  

“Las compañías no pueden rechazar a clientes LGBTQ simplemente por quienes son”, dijo Weiser en una declaración por correo electrónico. “Vamos a defender enérgicamente las leyes de Colorado, que protegen a todos sus ciudadanos al prevenir discriminación, al tiempo que respetan la libertad de expresión”.  

Fuente: AP

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