Inicio Justicia Dictan condenas desde cinco hasta 30 años a 10 implicados en atentado de muerte a David Ortiz

Dictan condenas desde cinco hasta 30 años a 10 implicados en atentado de muerte a David Ortiz

por DeLegalymas

Redacción Delegalymas

A diez de los trece involucrados en el atentado de muerte al exbeisbolista David Ortiz, el Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo les dictó condenas desde cinco hasta 30 años de prisión.

En respuesta a la solicitud del Ministerio Público, los jueces Elizabeth E. Rodríguez Espinal, Julio A. Aybar Ortiz y Flor E. Bautista Polo declararon culpables a los diez procesados.

A los 10 imputados señalado se les halló culpables de participar en el atentado al expelotero de Grandes Ligas David Ortiz, hecho ocurrido en junio de 2019 en un bar de Santo Domingo Este.

Los condenados por los magistrados del citado tribunal fueron: Eddy Vladimir Féliz García (El Nata), de 26 años de edad, y Rolfi Ferreras Cruz o Ramón Martínez Pérez (Sandy), de 27, a quienes se les impuso una condena de 30 años de prisión, por participar directamente en la tentativa de asesinato de la  que fue víctima David Ortiz, quien sufrió una herida de bala que le obligó a realizarle varias cirugías en República Dominicana y en Estados Unidos.

Asimismo, Alberto Miguel Rodríguez Mota, de 28 años de edad, la persona a quien se le atribuye que pagó a quienes ejecutaron el hecho, deberá cumplir 20 años de reclusión mayor.

Junto ellos, fueron condenados a diez años de prisión Oliver Moisés Mirabal, 28 años de edad, y José Eduardo Ciprián Lebrón (Chuky), de 24 años.

Igualmente, Gabriel Alexander Pérez Vizcaíno (Hueso), de 31 años, deberá cumplir nueve años de prisión y Joel Rodríguez de la Cruz (Calamardo), de 28 años de edad, seis años.

Mientras que a los  procesados Franklin Junior Merán (Rubirosa), de 26 años de edad; Junior César La Hoz Vargas (Yayo y/o El Lindo), de 28 años de edad, y Porfirio Ayendi Dechamps Vásquez (Nene), de 29 años de edad, los jueces les dictaron cinco años de prisión.

Según demostró el Ministerio Público en audiencia, Ferreras Cruz fue la persona que hirió de gravedad a Ortiz y lesionó al comunicador Jhoel López, quien le acompañaba. Indica en el expediente, que el atacante llegó al lugar a bordo de una motocicleta que conducía el también hoy condenado Féliz García.

De acuerdo a la sentencia, dictada la noche del lunes, todos los condenados deben pagar una indemnización de 50 millones de pesos y cumplir la pena de reclusión en el centro de privación de libertad La Victoria, en Santo Domingo Norte.

El caso David Ortiz. El hecho ocurrió 9 de junio de 2019, próximo a las 9:20 de la noche, en momentos en que el exjugador de los Medias Rojas de Boston se encontraba junto a sus amigos Luis Jhoel López Durán, Sixto David Fernández Vásquez y Odalis Pérez, entre otras personas, compartiendo en el “Dial Bar & Lounge”, ubicado en la avenida Presidente Vásquez, próximo a la avenida Venezuela, en Santo Domingo Este.

Según explica el expediente de los hoy condenados, fue en ese momento en que fueron atacados por los dos hombres que llegaron al negocio a bordo de una motocicleta, uno de los cuales disparó contra las personas que estaban en la mesa donde se encontraba Ortiz. El deportista cayó herido de gravedad al recibir el proyectil que hizo herida de entrada y salida y que también impactó al productor de televisión Jhoel López.

David Ortiz sufrió una herida con orificio de entrada en la región lumbar (espalda), con salida en la cara anterior derecho del abdomen (al lado del ombligo); mientras que López resultó con herida de entrada y salida en el muslo derecho.

Durante la audiencia, el Ministerio Público de la provincia Santo Domingo Este, representado por los fiscales Ignacio Rojas e Ivette Mateo, del Departamento de Litigación Definitiva, demostró con suficientes elementos de prueba la responsabilidad penal de los imputados en el hecho, en el que hubo asociación de malhechores, uso de armas de fuego ilegal, tentativa de asesinato y complicidad, delitos previstos y sancionados en los artículos 2, 265, 266, 296, 297, 298 y 302 de Código Penal Dominicano.

También se produjo violación al artículo 66, párrafo V, de la Ley 631-16, del 2 de agosto de 2016, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

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