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Diputados aprueban en primera lectura sin las tres causales del aborto el Código Penal

por DeLegalymas

Redacción Delegalymas

Sin las tan debatidas tres causales sobre el aborto, la Cámara de Diputados aprobó en primera lectura en la sesión de este martes el proyecto de ley del Código Penal Dominicano, tras ser recibido del Senado en donde fue aprobado en segunda lectura el miércoles de la semana pasada.

El presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco, previo someter la iniciativa ante los diputados presentes este martes, los motivó sobre la necesidad de la formación de una comisión especial que se encargue de analizar la pieza conjuntamente con dos proyectos similares sometidos, uno por los diputados Magda Rodríguez y José Horacio, y la otra por Rafaela Alburquerque y Sadosky Duarte.

El pleno de la Cámara de Diputados decidió mediante una votación de 100 votos favorables y 9 en contra que la pieza se aprobara en primera lectura y que para la segunda lectura, fuera enviada a la comisión especial, la cual estará presidida por el diputado Alexis Jiménez, quien también encabeza la comisión de justicia.

Según el artículo primero del debatido Código Penal, se reconoce la supremacía de los derechos fundamentales de las personas consagrados en la Constitución dominicana y en los tratados internacionales aprobados por el Congreso Nacional, así como las interpretaciones hechas a éstos por los órganos jurisdiccionales competentes y el Tribunal Constitucional, sin perjuicio de otros derechos de igual naturaleza reconocidos por el derecho penal.

La normativa legislativa, que consta de 419 artículos, regula nuevos tipos penales y reforma de manera integral el derecho penal dominicano con el propósito de proveer soluciones a la justicia para un mejor funcionamiento de legalidad, equidad y razonabilidad.

Se recuerda que el Código Penal vigente fue promulgado mediante el decreto-Ley No. 2274 el 20 de agosto de 1884, tomando como base el código elaborado por Napoleón Bonaparte para el imperio francés en el siglo XX.

Y, entre las modificaciones a la normativa, se contempla el castigo al hostigamiento o “bullying”, como conductas que se sancionarán con medidas socio-educativas, prisión menor y multas. En caso de reincidencia por una persona mayor de edad se sancionará con prisión mayor.

Incluye también el castigo de la violencia de género con pena mayor a quien provoque daño físico, sexual o psicológico a una persona mediante el empleo de fuerza física o violencia económica, patrimonial, psicológica y verbal.

Asimismo, entre las novedades de la nueva ley, se incluye el castigo a la figura del sicariato de manera directa o indirecta, y será sancionada con la pena máxima; se incluye también con penas de hasta 30 años a quien provoque daños con sustancias químicas a otras personas con el propósito de herirla, lesionarla o mutilarla.

Se añadió además, la sanción con penas graves al acoso agravado, y el abandono de una persona adulta que no puede protegerse, el cual será penalizado con tres años de prisión, y si dicho abandono causa la muerte, aumentará hasta con diez años.

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