Redacción Delegalymas
El Juzgado de la Instrucción del departamento judicial de Peravia, mediante la aplicación del procedimiento penal abreviado, impuso una condena de cinco años de prisión al dirigente juvenil Van Troy Suazo Castillo, de los cuales diez meses de ellos serán en prisión privativa de libertad, y cuatro años y dos meses de prisión suspendida.
Hay que recordar que Van Troy Suazo Castillo se encuentra en prisión desde el pasado mes de febrero, luego de que fuera acusado de agredir a su pareja.
Destaca la información, que a pesar de que el Código Penal Dominicano establece una condena de un año de prisión para los casos regulares de golpes, por las particularidades de este caso y a solicitud del Ministerio Público, el tribunal impuso a Suazo Castillo la referida condena de cinco años de prisión, la realización de labores sociales en beneficio de la comunidad, recibir terapias en el Centro de Intervención Conductual para Hombres del Distrito Nacional, no portar armas y abstenerse al consumo de bebidas alcohólicas.
Señala que el tribunal adoptó la decisión mediante un acuerdo pleno para penal abreviado entre el Ministerio Público y Van Troy Suazo Castillo y su pareja, quien había retirado la demanda que había interpuesto contra el dirigente juvenil por violencia de género.
Destaca que el juicio penal abreviado asegura una sentencia definitiva y que en caso de incumplimiento de la misma, el condenado deberá completar la prisión en la cárcel, inclusive, hasta por una falta injustificada a las terapias que debe recibir en dicho centro de intervención conductual, sin que ello conlleve la realización de otro juicio.
Precisa la información, que a pesar de que la víctima retiró los cargos en este caso, el Ministerio Público continuó con el proceso judicial contra el dirigente juvenil Suazo Castillo hasta lograr la imposición de la sentencia condenatoria.
El MP pidió que a Suazo Castillo les fueran impuestos cinco años de prisión correccional por violar los artículos 309-2, 309-3, literales C, D, E y 332 del Código Penal Dominicano, modificados por la Ley No. 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar.
En la acusación, además de la prisión correccional, el Ministerio Público también solicitó al tribunal emitir una orden de protección a favor de la víctima, y que el condenado se dedique a una labor social en entidades como la Cruz Roja, el Cuerpo de Bomberos o la Defensa Civil.