Redacción Delegalymas
El juez Bernardo Coplín, del Tribunal Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso prisión preventiva de ocho meses a Engels José Castillo García y Braulio Alfredo Torres Ramos, así como garantía económica de RD$500 a pagar mediante una aseguradora, presentación periódica e impedimento de salida del país a Roberto Reyes Alejo y Wilfredo Antonio Rodríguez Henríquez, acusados de formar parte de una red que se dedica al tráfico internacional de armas de fuego de alto calibre.
La Procuraduría Fiscal de este distrito judicial logró la imposición de las medidas de coerción a los involucrados en la presunta red criminal dedicada a la exportación ilegal de armas de fuego de diferentes calibres, procedentes de los Estados Unidos hacia la República Dominicana.
En la solicitud de medida, el Ministerio Público, representado por el fiscal litigante Ángel Mena, mostró al tribunal suficientes elementos probatorios que sustentan la imposición de las medidas a los imputados en este caso.
De acuerdo con el expediente instrumentado por el fiscal investigador, Héctor Manuel Romero Pérez, a través de una denuncia emitida por la Supervisora de Seguridad Militar y Policial, que recibió la información de parte de una empresa de transporte nacional e internacional, en el proceso de inspección de unos paquetes para la distribución en el país, notaron en uno de sus depósitos que varios de sus paquetes tenían irregularidades en el cierre.
Según detallan, al realizar la inspección de manera minuciosa se percataron que en su interior había armas de fuego, por lo que procedieron a notificar la situación a las autoridades, quienes inmediatamente iniciaron una investigación, en la cual se produjeron varios allanamientos de manera simultánea en los municipios de Santiago y San Francisco de Macorís, con el posterior apresamiento de los cuatro imputados nombrados, a quienes iban dirigidas las armas de fuego de alto calibre.
Explican en el expediente, que la red criminal también incursionó en la distribución, comercialización y venta de armas de fuegos ilegales, así como de accesorios de las mismas y municiones.
Al caso el Ministerio Público le ha asignado la calificación jurídica provisional contenida en los artículos 66, 68, 69, 70, 71, 72, 73 y 75 Párrafo I, de la Ley No. 631-16, del 2 de agosto del 2016, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, violación a la Ley 168-21, del Régimen Aduanal, que tífica y sanciona el delito de aduanero, faltas tributarias, faltas aduaneras, la defraudación aduanera y el contrabando.
También, violación a los artículos 3 numerales 3, 4 y 5, numerales 1, 2, y 9 numerales 1 y 2 de la Ley 155-17, contra Lavado de Activos y Financiamiento Terrorista, y violación a los artículos 265 y 266, del Código Penal Dominicano, que tipifican y sancionan la asociación de malhechores, en perjuicio del Estado dominicano, por existir suficientes evidencias que comprometen su responsabilidad penal.