Redacción Delegalmas
Acusado de estafar a más de 400 personas a través de una red criminal que encabezaba, sustrayendo a las víctimas más de US$15 millones, RD$34 millones de pesos, y más de 3 millones en criptomonedas, los jueces del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenaron a ocho años de prisión y al pago de una multa de 300 salarios mínimos del sector financiero a Jairo Joel González Durán.
La condena al señalado por el Ministerio Público como el cabecilla de la estructura, le fue impuesta con base en los elementos de pruebas presentados por el órgano acusador, valorados como suficientes por el tribunal, el cual también condenó a Kelmin Santos Rodríguez a 5 años de prisión suspendida bajo reglas y al pago de una multa de 100 salarios mínimos del sector público.
Entre las reglas establecidas en la condena impuestas a Santos Rodríguez se encuentran: residir en un domicilio fijo, no portar armas ni ingerir en exceso bebidas alcohólicas, prestar 60 horas de trabajo comunitario, aprender un oficio o un curso técnico y mantenerse bajo la vigilancia del juez de Ejecución de la Pena.
Se advierte además en la sentencia, que en caso de incumplimiento de las reglas fijadas o cometer una nueva infracción, las mismas pueden ser revocadas y deberá cumplir la totalidad de la pena en prisión.
Por decisión del tribunal, a los sentenciados a privación de libertad se les ordena cumplirla en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal. Además, ambos fueron condenados al pago de las costas penales del proceso. Y, en el caso de González Durán, este también deberá pagar diferentes montos indemnizatorios a las víctimas.
Asimismo, en cuanto a los procesados Moisés González, Leandro González y William Martínez, el tribunal los absolvió. Excluyó la calificación de lavado de activos y de estafa por medios electrónicos.
El caso. De acuerdo con el Ministerio Público, los procesados realizaron oferta pública de valores y estafaron por la cantidad de quince millones ochocientos sesenta y seis mil ciento ochenta y cuatro dólares norteamericanos con 18/100 (US$15,866,184.18) y treinta y cuatro millones doscientos quince mil quinientos sesenta y un pesos dominicanos con 00/100 (RD$34,215,561.00), así como la suma de tres millones trescientos un mil ochocientos cincuenta y siete con 18/100 de criptomonedas (3,301,857.18 USDT) denominadas Tether US Dollar, USDT, en perjuicio de más de 400 víctimas.
Durante el proceso, el órgano acusador estuvo representado por el procurador general de corte Pelagio Alcántara; la fiscal Lewina Tavárez, directora interina de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros; Miguel Pichardo, fiscal de la Procuraduría Especializada contra los Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Pedatec), y Margaret Cabrera Morillo, fiscalizadora adscrita a la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros.
Mientras que los jueces que dictaron la condena fueron Arlin Ventura Jiménez, Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, quienes fijaron la lectura íntegra de la sentencia para el próximo 4 de noviembre, a las 9:00 de la mañana.
Modus operandi para las estafas. Establecieron los fiscales con las pruebas incorporadas al proceso, cómo los acusados iniciaron un negocio de captación de recursos de terceros, con una empresa que cumplía con las regulaciones legales, desde la cual realizaron una oferta pública masiva y se hicieron entregar recursos de más de 400 víctimas que posteriormente ocultaban a través de maniobras fraudulentas propias del lavado de activos.
Destacan igualmente, cómo los acusados se promocionaban a través de plataformas digitales, induciendo a las víctimas al error de creer que se trataba de operaciones seguras, a pesar de que estos no estaban regulados por el órgano competente para la gestión del Mercado de Valores, hechos por los cuales fue solicitado que sean declarados culpables.
Durante el proceso, para Jairo Joel González Durán el Ministerio Público pidió que fuera condenado a 20 años de prisión, al pago de 400 salarios mínimos, multa adicional, inhabilitación permanente para ocupar funciones vinculadas al mercado financiero y de valores, así como el decomiso de bienes adquiridos con fondos ilícitos.
Asimismo, solicitó que los acusados Kelmin Santos Rodríguez y Leandro González Espinal fueran condenados a 10 años de prisión, al pago de 200 salarios mínimos y a la inhabilitación permanente en el mercado financiero y de valores.
En tanto que para los acusados Moisés Darío González Rodríguez y William Mejía Martínez, solicitó que fueran condenados a 5 años de prisión, al pago de 200 salarios mínimos y a la inhabilitación por diez años para ocupar funciones relacionadas al mercado financiero y de valores.
Solicitó también, que se ordenara el decomiso de bienes adquiridos con los fondos producto de la estafa, entre ellos, apartamentos en el Distrito Nacional y Playa Nueva Romana, unidades funcionales en el condominio Náutica Business Center, así como vehículos de lujo, incluyendo un Lamborghini Urus 2019, un Audi Q8 2020, una Lincoln Navigator 2021 y una Chevrolet Tahoe 2017, entre otros.
Pidió de igual manera el Ministerio Público, que los acusados Jairo Joel González Durán, Kelmin Santos Rodríguez, Moisés Darío González Rodríguez y William Mejía Martínez asumieran el pago de las costas del proceso penal, mientras que al acusado Leandro González Espinal le fueran compensadas las costas, por estar representado por un defensor público.
Al caso le fue dada la calificación jurídica de violación a los artículos 265, 266 y 405 del Código Penal de la República Dominicana, el artículo 351, numeral 4, de la Ley 249-17 sobre el Mercado de Valores, el artículo 15 de la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, así como en los artículos 3 y 9 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

