Redacción Delegalymas
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) desmintió este miércoles las afirmaciones hechas por el sector médico sobre la supuesta creación de nuevos impuestos a través de la Norma 04- 2022 sobre Incorporación, Permanencia, Exclusión y Declaración Jurada en el Régimen Simplificado de Tributación (RST).
Explica la institución mediante un comunicado, que el objeto de esta Norma General es establecer el procedimiento de Incorporación, Permanencia y Exclusión del Régimen Simplificado de Tributación (RST), así como regular los aspectos de validación de propuestas, tratamientos aplicables para la exención contributiva y para retenciones no realizadas, en las modalidades de compras e ingresos.
Indica, que el propósito de esta normativa es regularizar las distorsiones operativas que existían y que permitían a los acogidos al RST beneficiarse de más de una exención contributiva.
Expresa el comunicado, que en el Régimen Simplificado de Tributación existe un registro de 20,500 contribuyentes divididos en 16,500 profesionales liberales y 4,000 personas jurídicas, de los cuales 7,500 son médicos.
Precisa la DGII, que de los registrados en el Régimen Simplificado de Tributación 4,400 médicos tienen ingresos anuales promedio de 3.3 millones de pesos, y es este segmento de los galenos, donde se apreciaría la corrección de la distorsión mediante la Norma 04-2022.
Señala, sin embargo, que la Norma General no tendría ningún efecto impositivo en el 39 por ciento de los médicos acogidos en el RST, así como tampoco al 62 por ciento de todos los profesionales liberales bajo esta modalidad.
Explica en ese sentido, que se hacía necesario que en el marco de la simplificación, este comportamiento fuese corregido por medio de un ajuste positivo en la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta para persona física del Régimen Simplificado de Tributación basado en ingresos (RSI), que es lo que vino a precisar y aclarar la Norma General 04-2022.
¿Legal o ilegal? Respecto al argumento de que la Norma General sería violatoria del principio constitucional de irretroactividad dice: “tenemos a bien recordar que la exención contributiva, al no ser parte de la base imponible del Impuesto Sobre la Renta, no está sujeta ni depende de la periodicidad de su hecho generador, como tampoco pasa con los créditos a los impuestos determinados”.
Indica la institución recaudadora, que el proyecto de esta Norma General agotó un proceso de consulta pública, desde el martes cuatro (04) hasta el martes dieciocho (18) de enero de 2022, el cual recibió tres (03) comentarios de contribuyentes y un gremio, los cuales fueron en su mayoría incorporados.
“Esta Dirección General de Impuestos Internos, siempre estará dispuesta a escuchar a los sectores económicos del país y aclarar cualquier inquietud o interpretación de la ley o medida administrativa que esté en proceso o se haya tomado; por ello, se llevó a cabo la tarde de este martes 09 de febrero un encuentro con la Directiva del Colegio Médico Dominicano (CMD), encabezada por su presidente el doctor Senén Caba, el cardiólogo Fulgencio Severino y otras autoridades.
Resultados del encuentro. Para el próximo lunes 14 se acordó una reunión de seguimiento con la dirigencia del CMD.
Explica de igual manera la DGII a toda la población, que desde el año 2017 la tabla de retenciones de personas físicas en general no ha tenido ninguna variación y que la institución como órgano recaudador tiene la obligatoriedad de publicar dicha información que es una disposición del Congreso Nacional.