Redacción Delegalymas
La magistrada Miriam Germán Brito afirmó este miércoles que el Ministerio Público está expuesto a innumerables presiones, las cuales pretenden desmeritar su labor con juicios de valor infundados y campañas mediáticas de descrédito que suelen ser defensas anticipadas.
Al pronunciar las palabras de apertura en el Congreso Internacional de Análisis e Investigación Criminal realizado por el Instituto Iberoramericano de Ministerios Públicos (IIMP), a través de la Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP) de República Dominicana, la procuradora general de la República dijo: “El poder punitivo, por su vocación de excederse, encuentra unos límites claramente definidos en el Derecho que no pueden ser ignorados”.
“De ahí que solo queda apelar a que la proactividad, la objetividad, la prudencia y el sentido de justicia presidan su accionar en beneficio de la comunidad”, indicó, al dirigirse a los miembros del Ministerio Público que participaron del congreso.
La magistrada Germán Brito dijo sentirse satisfecha y orgullosa de compartir con los miembros del Ministerio Publico en ocasión del Congreso Internacional de Análisis e Investigación Criminal, con el que concluyeron la maestría del mismo nombre cursada. “Es de gran importancia capacitarse para la función, pero más importante aún es llevar lo aprendido a la práctica teniendo como norte un sentido de justicia y razonabilidad”.
“El tema que nos ocupa es fundamental para un actor del sistema de justicia como lo es el Ministerio Público. Implementar la política criminal del Estado de manera efectiva implica hacer un análisis permanente e inteligente de la criminalidad. Todos los organismos que colaboran con las investigaciones penales tienen que contar con las herramientas adecuadas que permitan identificar los elementos críticos que configuran la actividad criminal como fenómeno complejo y multicausal. De esta forma podemos establecer prioridades que den una respuesta más precisa y contundente al crimen”, enfatizó.
Resaltó que la dirección funcional de la investigación, principio de raigambre constitucional que es concretizado en el artículo 10 de la ley orgánica 133-11, es solo realizable bajo un esquema de colaboración conjunta que favorezca dinámicas de trabajo eficaces que permitan la coordinación entre el Ministerio Público y la Policía Nacional o cualquiera otra agencia ejecutiva, de seguridad o de gobierno, que cumpla tareas auxiliares de investigación con fines judiciales.
“Estamos de acuerdo con que, en el marco del proceso penal, existe un deber de respetar el principio de legalidad, demostrando transparencia y coherencia en la aplicación de las normas penales y de las directrices institucionales, motivando cada pretensión, con miras a eliminar el exceso de discrecionalidad”, indicó la magistrada.
Añadió, sin embargo, que una preocupación seria es el hecho de que se persigan todos y cada uno de los delitos, sin distinción alguna del bien afectado y el daño social.
“Uno de los principios fundamentales del derecho penal democrático es el principio de ultima ratio, el cual implica que la persecución debe ser de uso extraordinario. Tal como plantea el artículo 2 del Código Procesal Penal, si es posible solucionar un conflicto por otras vías, esa es la primera opción”.
“No podemos caer en las tentaciones del populismo penal y perder la objetividad y proporcionalidad que deben guiar cada una de nuestras actuaciones. La pena, con todas sus consecuencias y su alto costo, tiene que reservarse para los casos de mayor gravedad, en donde sea imposible aplicar cualquier salida alterna”, dijo.
Precisó la procuradora, que una política criminal sensata se enfoca justamente en perseguir las conductas ilícitas más gravosas, es decir, aquellas que verdaderamente socavan los valores comunes y afectan los bienes jurídicos más preponderantes, como es el caso del crimen organizado, en todas sus manifestaciones, y la misma corrupción. Y que para ello es indispensable contar con fiscales e investigadores capacitados, así como el acceso a herramientas criminalistas, equipos tecnológicos e información actualizada sobre los fenómenos criminales y su naturaleza.
Consideró, no obstante, que el ejercicio de la autocrítica es indispensable para el fortalecimiento de las instituciones. “A aquellos a quienes corresponde ejercer acciones que en el día a día restringen derechos fundamentales, como el bien preciado de la libertad, les exhorto a actuar con la mayor prudencia y objetividad posibles, siendo esto sobre todo un deber ético”.
“Las amplias facultades que nos otorga la ley jamás pueden convertirse en un instrumento que violente los principios del debido proceso y la tutela judicial efectiva. Estos últimos son, justamente, de las mayores conquistas del constitucionalismo moderno. Todas las actuaciones del Ministerio Público han de ser razonables y deben ser ejercidas con objetividad para evitar que las víctimas y los imputados queden en un estado de indefensión. La obligación de motivar se impone a cada una de las solicitudes o dictámenes que puedan darse en el curso del proceso penal, recordando que todas nuestras actuaciones están sometidas al control jurisdiccional”.
Señaló Germán Brito, que otro tipo de actuaciones que ocupa la atención son las solicitudes de imposición de medidas de coerción. “Estas medidas, en especial la prisión preventiva, constituyen una restricción a derechos fundamentales que requieren una debida ponderación de su necesidad, idoneidad y proporcionalidad, a fin de evitar el uso indiscriminado de medidas privativas de libertad; por lo que los actores deberíamos reflexionar antes de pedirla e imponerla, si realmente se trata de infractores e infracciones que lo ameriten”.