Redacción Delegalymas
Tribunal Constitucional. Anula la resolución que obligaba al uso de la fuerza pública para ejecutar sentencias sobre embargos, desalojos, expulsiones…
El Tribunal Constitucional de la República Dominicana declaró nula, no conforme con la Constitución, la resolución del Consejo del Poder Judicial que establece la obligatoriedad de la fuerza pública para la ejecución de las sentencias que ordenen embargos, desalojos, expulsiones de lugares y otras ejecuciones legales
El TC dispuso la nulidad de la resolución número 17/2015, emitida por el CPJ el 3 de agosto del año 2015, por considerar que la misma contraviene con los artículos 40.15, 151 y 170 de la Constitución de la República.
Para esta decisión, el Tribunal Constitucional acogió una acción de inconstitucionalidad incoada por la Asociación Dominicana de Alguaciles (ADA) , representada por su presidente, el señor Hipólito Girón Reyes.
Dispuso, asimismo, que la sentencia sea publicada en el boletín del Tribunal Constitucional, en virtud de lo que establece el artículo 4 de la Ley número. 137-11.
La ADA depositó la acción directa de inconstitucionalidad el 16 de octubre del año 2015, con el propósito de que esta fuera declarada inconstitucional.
La Asociación de alguaciles entendió que la resolución sobre el uso de la fuerza pública para la ejecución de las sentencias incurre en violación disposiciones constitucionales. La acción fue conocida en audiencia pública el 8 de febrero de 2016.