Inicio DESTACADAS PGR revoca instrucción sobre sanciones por violación al toque de queda: ahora será un juez de Paz que decidirá

PGR revoca instrucción sobre sanciones por violación al toque de queda: ahora será un juez de Paz que decidirá

por DeLegalymas

Redacción Delegalymas

La procuradora General de la República, Miriam Germán Brito, revocó la instrucción que había emitido a los fiscales de las distintas instancias del Ministerio Público el pasado 11 de este mes de enero, sobre el procesamiento y sanciones aplicadas a los que violan el toque de queda.

Mediante las nuevas directrices, con fecha 15 de enero de 2021, la procuradora general dispone que los integrantes del Ministerio Público (MP) deberán procurar que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo, y que a su vez se amparan en declaratorias de Estado de Excepción, deberán ser sometidos ante el juez de Paz de la jurisdicción correspondiente que conozca asuntos contravencionales.

De acuerdo con la nueva instrucción, el MP deberá seguir velando porque, con base al ordenamiento jurídico, las multas impuestas al ciudadano jamás excedan de entre uno y diez salarios mínimos, como lo establece la Ley General de Salud Pública, No. 42-01, de fecha 8 de marzo del año 2001.

La funcionaria emitió una comunicación interna a los fiscales, en la que recordó la necesidad de que el MP apoye las acciones del Gobierno y acompañe a toda la población en la implementación de las medidas que, como el toque de queda y el distanciamiento social, buscan frenar la pandemia de la COVID-19, provocada por el coronavirus SARS-CoV-2, el cual ha afectado en el país a 188,969 personas (1,482 en 24 horas), con la pérdida irreparable de 2,432 vidas humanas.

La magistrada revocó su instrucción, tras analizarla y discutirla con su equipo de expertos. Enfatizó que jamás el MP  dejará de cumplir sus funciones y su obligación de perseguir sanciones contra quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades competentes para garantizar la salud pública.

Reiteró lo que establece artículo 153 de la Ley General de Salud, el cual estipula sanciones de entre 1 y 10 salarios mínimos (entre RD$10,000 y RD$100,000) para quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades de salud para prevenir y controlar las enfermedades transmisibles.

La fijación de montos anteriores obedecía al interés del Ministerio Público de ofrecer una especie de criterio de oportunidad para atenuar la sanción imponible en el caso de conductas que se consideren de menor lesividad, así como un parámetro común para proceder y evitar la discrecionalidad.

La Procuraduría General de la República refuerza su interés en fortalecer el Estado de Derecho y recuerda a la comunidad jurídica y al liderazgo político la necesidad de un debate constructivo que aporte soluciones.

Recordó que al momento de iniciar el estado de emergencia hace un año, República Dominicana, como muchos países, se encontró frente a la necesidad de actuar frente a una pandemia que sorprendió a todo el mundo. Por esa razón, instruye las normas aplicables a quienes violentan las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias prevenir y controlar la pandemia.

Además de emitir la instrucción, Germán Brito sostuvo una reunión de trabajo con la directora general de Persecución del Ministerio Público, Yeni Berenice Reynoso, a quien encomendó instruir a todos los fiscales para que procedan a instrumentar de urgencia los sometimientos correspondientes por el procedimiento contravencional a quienes violenten las medidas adoptadas para prevenir la COVID-19.

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