Redacción Delegalymas
Mediante el decreto 396-21 el Poder Ejecutivo dispuso una serie de medidas administrativas, tendentes a reducir importantes componentes del gasto público en todos los organismos autónomos y descentralizados del Gobierno.
De acuerdo con el decreto presidencial, dichas reducciones, tienen como finalidad seguir enfrentando el severo impacto que ha tenido la pandemia de la COVID-19 en la economía nacional e internacional. Se establece en el decreto, reducciones relacionadas con viajes al exterior, compras de vehículos de lujo, remodelaciones de alto costo, agasajos y celebraciones.
La disposición ejecutiva también alcanza las donaciones, obsequios, uso de instalaciones privadas para la realización de actividades, y el uso de personal policial o militar asignado a funcionarios públicos, con muy contadas excepciones establecidas en el propio decreto.
Entre las medidas se destacan igualmente, la prohibición de salidas al exterior de servidores públicos en viajes oficiales que no cuenten con autorización previa y la consecuente compra de boletos aéreos. La prohibición de compras de vehículos de motor, excepto aquellos utilitarios que sean imprescindibles para la adecuada ejecución de las funciones a las que sean asignados y debidamente autorizadas, e igualmente se autorizarán solo exoneraciones y exenciones de vehículos según lo establecen las leyes correspondientes aplicables, y se denegará cualquier solicitud relacionada, que no tenga su base en alguna ley.
Asimismo, en cuanto a los vehículos oficiales, queda prohibido su uso durante los fines de semana y días feriados.
Por otro lado, establece el decreto 396-21, que con estas medidas se persigue también racionalizar el uso de parte del recurso humano asignado a instituciones y funcionarios, para lo cual ordena a los ministros de Defensa e Interior y Policía, una profunda revisión del personal policial y militar a disposición de instituciones públicas y a servidores públicos y otros dignatarios para reducirlo a la cantidad estrictamente necesaria y eficientizar su distribución.
Igualmente, queda prohibido el uso de flanqueadores motorizados en desplazamientos de los servidores públicos, con claras excepciones como la del presidente y vicepresidenta de la República, ministros de Defensa e Interior y Policía, Director General de la Policía Nacional, Procuradora General de la República, comandantes generales de los cuerpos castrenses, presidente de la DNCD y el director del DNI.
Indica además, que en el caso específico de la Policía Nacional se ordena la reducción de personal asignado a instituciones y funcionarios en al menos un 50%, para que el resto sea dedicado a la implementación efectiva de la Estrategia Nacional Integral de Seguridad Ciudadana “Mi País Seguro”.
Especifica el decreto presidencial, que la responsabilidad del seguimiento y de velar por el cumplimiento de estas medidas ejecutivas queda a cargo del Ministerio Administrativo de la Presidencia y el Ministerio de Administración Pública, en coordinación con la Dirección General de Presupuesto y la Contraloría General de la República.