Redacción Delegalymas
Mediante el decreto 769-22 el Poder Ejecutivo otorgó pensiones por vejez y discapacidad, a dos mil seis (2.006) personas, por un monto de seis mil pesos.
Las pensiones otorgadas equivalen al sesenta por ciento (60%) del salario mínimo del sector público, conforme a los mecanismos establecidos en las resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social.
Entre los beneficios de los que gozarán los pensionados, están: una pensión extra de navidad, actualización de acuerdo al Índice de precios al Consumidor (IPC) y un plan básico de salud cubierto por el Estado dominicano.
Igualmente, indica el método de evaluación y régimen de incompatibilidades de las pensiones solidarias. Las pensiones solidarias serán evaluadas cada dos (2) años, a fin de verificar si persisten los requisitos mínimos para su otorgamiento.
Explica asimismo, las razones por las que pueden ser extinguidas las pensiones solidarias: disfrutar de cualquier otra pensión de los planes existentes o que los beneficiarios vivan en hogares de cuidado, recibir ingresos por trabajos remunerados que excedan el cincuenta por ciento (50 %) del salario mínimo nacional, solicitar ayuda en las vías públicas o dedicarse a actividades contrarias a la moral y a las buenas costumbres.
Decreto 768-22. Con este decreto el Poder Ejecutivo dispuso la pensión y jubilación de 96 servidores públicos del sector salud por enfermedad, discapacidad, desocupación y vejez.
La pensión a los servidores públicos de la salud se otorga por la labor encomiable desarrollada a lo largo de su carrera, a la que muchos de ellos dedicaron exclusivamente al servicio en el Estado.
Establece el decreto que la Dirección de Jubilaciones y Pensiones tendrá no mayor de tres meses para hacer efectivo el pago de las pensiones a partir de la fecha que el pensionado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados.