Excepciones. Permite circulación personas de industrias de alimentos, energía, agua, puertos y aeropuertos
Redacción Delegalymas
El presidente Danilo Medina Sánchez modificó el decreto 135-20, a fin de que durante el horario del toque de queda se permita también la circulación de personas y vehículos vinculados a las industrias y el comercio de alimentos, energía, agua, telecomunicaciones, puertos, aeropuertos y otros servicios básicos.
La disposición del Poder Ejecutivo está contenida en el decreto 136-20, y fue dada a conocer por el portavoz de la Casa de Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta de la red social Twitter.