Inicio De Actualidad Proyecto de ley que regula asistencia de personas en actos masivos “no está claro”, dice el CODUE

Proyecto de ley que regula asistencia de personas en actos masivos “no está claro”, dice el CODUE

por DeLegalymas

Redacción Delegalymas

En opinión del recién aprobado proyecto en el Senado de la República sobre la regularización de la asistencia de personas en actividades y espectáculos masivos, este jueves el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE) consideró que este “no queda del todo claro”.

El presidente de la entidad cristiana, Feliciano Lacen Custodio, dijo que en el contenido de la pieza el concepto “acto masivo”, puede referirse en el caso específico a las reuniones que de manera cotidiana celebran las congregaciones cristianas evangélicas en espacios públicos y privados.

El representante del CODUE recomienda al pleno del Senado que aprobó el pasado miércoles la pieza legislativa a explicar con detalles cuales son las verdaderas pretensiones de su proponente, el senador del Seibo, Santiago José Zorrilla.

Explicó el pastor Lacen Custodio, que como comunidad evangélica se mantendrá en alerta ante una iniciativa que pueda vulnerar el derecho a la libertad de asociación que tienen las personas, no importando sus creencias de tipo religioso, social y cultural. “Es decir, el derecho de las personas a interactuar y organizarse entre ellas para expresar, promover, buscar y defender de forma colectiva intereses comunes”.

Dijo asimismo, que la Constitución dominicana consagra el derecho de reunión en el artículo 48: “toda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos, de conformidad con la ley”.

Sostuvo además, que la libertad de reunión protege las agrupaciones de personas que deciden congregarse previo acuerdo, y que tiene un carácter público. “Las reuniones que protege la Constitución son las celebradas en espacios o lugares públicos, con asistencia de personas convocadas a esos fines. El derecho a la libertad de cultos es universal, según establece el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 45 de la Constitución dominicana.

Sobre el CARD. En otro orden, el pastor Feliciano Lacen manifestó preocupación por el rumbo que ha tomado el conflicto con el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), gremio  que consideró de gran importancia para todo el quehacer de la vida institucional del país.

“Como institución siempre velamos por la constitucionalidad y fortalecimiento de la democracia, por lo que pedimos al Tribunal Superior Electoral (TSE) examinar a fondo dicho caso, si así fuere competencia del mismo, para no presentar un precedente negativo, sobre todo, con los procesos electorales que se avecinan, de los cuales el TSE sí debe estar vigilante de que se cumpla con la constitucionalidad y las leyes, la cual es su competencia y razón de ser», agregó.

 

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