Inicio De Ley Senado aprueba en segunda lectura adición artículo 12 a la Ley 136-03 que prohíbe el “bullying“ escolar

Senado aprueba en segunda lectura adición artículo 12 a la Ley 136-03 que prohíbe el “bullying“ escolar

Aprobaron también en segunda lectura el proyeto que crea el Indomet

por DeLegalymas

Redacción Delegalymas

En la sesión de este miércoles el Senado de la República aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que adiciona el artículo 12 a la Ley 136-03, Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, que prohíbe el “bullying“ o acoso  e intimidación escolar.

Ahora la Ley 136-03 cuenta con el citado artículo 12 bis, que dice: “Los niños, niñas y adolescentes, tienen el derecho de recibir educación, tal como lo establece la Constitución, y este derecho debe darse en un ámbito adecuado, lleno de paz y armonía; es por esto que se prohíbe en todas sus formas el acoso o intimidación escolar, conocido como “Bullying”.

Asimismo, en el párrafo I de dicho artículo se establece además, que el maestro, director, personal de apoyo de la escuela o colegio, así como el alumno o padre de los alumnos que tuvieren conocimiento o sospecha de que existe acosos, están en la obligación de denunciarlo a cualquier autoridad del centro escolar y se les informará a los padres del niño, niña, o adolescente víctima del acto.

Señala igualmente la normativa, que el bullying afecta el clima de educación en los centros de enseñanzas públicos y privados, generando bajo rendimiento, fracaso escolar y molestias en el desarrollo social y emocional del afectado, provocando muchas veces una conmoción tal en la víctima, que los lleva hasta cometer suicidio.

La iniciativa legal es del senador Cristóbal Venerado Castillo, de la provincia Hato Mayor por el PRM, plantea que la comunidad educativa requiere contar con una norma que permita fortalecer la institución escolar, garantizando un espacio de socialización y desarrollo humano, la formación académica y humana de las personas, libre de toda violencia.

Creación del Indomet. Los senadores también aprobaron en segunda lectura el proyecto que crea el Instituto Dominicano de Meteorología (Indomet), el cual fungirá como órgano regulador y responsable de las actividades e informaciones meteorológicas y climáticas en el territorio nacional, iniciativa de la autoría del diputado Gilberto Antonio Balbuena Arias.

El proyecto define las atribuciones del Indomet y establece las estaciones de observaciones que permitan el monitoreo del estado del tiempo sobre el territorio de la República Dominicana por veinticuatro horas, así como mantener informada a la ciudadanía acerca de la evolución de las condiciones atmosféricas.

Expresa también, que el sistema permanente de telecomunicación debe mantener información con los centros meteorológicos regionales y municipales para recibir y transmitir datos de estaciones marítimas, así como de las observaciones de aeronaves y otros medios de transporte terrestre y especiales.

De igual modo, las informaciones meteorológicas para la navegación aérea nacional e internacional a los miembros de la tripulación de vuelo, dependencias de los servicios de tránsito aéreo, de los servicios de búsquedas y salvamentos, administradores de aeropuertos y demás interesados.

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