Redacción Delegalymas
Con algunas modificaciones los senadores aprobaron a unanimidad en segunda lectura en la sesión de este martes, el proyecto de ley que modifica la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, remitida por el Poder Ejecutivo.
El presidente de la comisión especial, Franklin Romero, quien tuvo a su cargo analizar y estudiar la normativa, presentó un informe favorable, el cual fue acogido por el pleno para que sea incluido en los trabajos legislativos con algunas modificaciones sugeridas por el senador del Distrito Nacional Omar Fernández.
La pieza modificada establece límites sancionadores, tomando en cuenta la razonabilidad y proporcionalidad de la pena que, para los casos de tráfico ilícito de migrantes, será de 20 a 25 años.
El senador Fernández sugirió cuatro modificaciones, de las cuales fueron acogidas dos por la comisión especial, por lo que le fueron adicionados al artículo 3 de la Ley los párrafos III y IV. El párrafo III señala que el culpable del delito de trata de personas será sancionado con la pena de veinte (20) a veinticinco (25) años de reclusión y multa de setecientos (700) a mil quinientos (1,500) salarios mínimos del sector público. Mientras que el párrafo IV, establece que “El delito de trata de personas no prescribe”.
Asimismo, en el párrafo V se destaca que el funcionario o servidor público hallado culpable o cómplice del delito de trata de personas se le impondrá, como pena complementaria, la inhabilitación por espacio de diez (10) años para ejercer cualquier tipo de función pública y, en caso de reincidencia, la inhabilitación será por veinte (20) años, cuyo cumplimiento se inicia a partir del término de la sanción privativa de la libertad impuesta.
La propuesta de modificación añade el artículo X sobre la imprescriptibilidad del delito de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas. La iniciativa incluye como agravante para los delitos de tráfico ilícito de migrantes y de trata de personas, la participación de funcionarios de los órganos extra poder, así como los demás poderes del Estado y los gobiernos locales.