Redacción Delegalymas
Víctor Díaz Rúa y de Ángel Rondón, los únicos que fueron condenados por el caso de los US$92 millones de sobornos que según el Ministerio Público pagó en el país la constructora brasileña Odebrecht, fueron absueltos por la Suprema Corte de Justicia (SCJ). Ordenó también la devolución de todos los bienes que les fueron incautados, así como el levantamiento de todas las restricciones de movilidad personal y de fondos.
La decisión fue de jueces de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, presidida por el magistrado Francisco Antonio Jerez Mena, quienes dictaron la sentencia del caso Odebrecht sobre las base de la comprobación de las pruebas de hechos, que ya había sido fijada por la sentencia emitida por la Tercera Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, recurrida por los condenados en casación.
Caso Odebrecht. El14 de octubre del 2021 el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Ángel Rondón a 8 años de prisión suspendida, por soborno y lavado de activos; a Víctor Díaz Rúa a cinco años de prisión por enriquecimiento ilícito y lavado de activos, mientras que absolvió a Conrado Pittaluga y A Tommy Galán, involucrados en el caso.
Por no estar conformes con la decisión judicial, Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón, e incluso la propia Procuraduría Anticorrupción (PEPCA), recurrieron ante la Corte de Apelación y, el 19 de mayo del 2023, la Tercera Sala Penal de ese tribunal de alzada confirmó la condena con la sentencia número 502-01-2023-SSEN-00048, considerando que la misma contenía motivos que la justificaban.
En vista de que aún quedaba un recurso, tanto los condenados como la PEPCA fueron a la Suprema Corte de Justicia (SCJ), a casación y, el 31 de julio de este año el tribunal dictó directamente su propia sentencia sobre el caso.
El tribunal, conformado por los magistrados Jerez Mena, Nancy I. Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María G. Garabito Ramírez, rechazaron el recurso de casación incoado por Wilson Camacho, titular de la PEPCA, confirmando el descargo de responsabilidad penal a favor de Pittaluga Arzeno. Y, posteriormente, acogieron los recursos de Díaz Rúa y Rondón contra la sentencia de marras.