Redacción Delegalymas
Un recurso de apelación interpuesto por Alfredo Mirambeaux Villalona, uno de los cinco imputados en la denominada Operación Gavilán, red desmantelada por el Ministerio Público en la que se le acusa de borrar y alterar registros de antecedentes penales a 16,958 personas, fue desestimado este martes por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, presidida por la magistrada Rosalba Garib.
A los acusados, entre ellos Mirambeaux Villalona , se les impuso 18 meses de prisión como medida de coerción en agosto pasado, la cual según la decisión del tribual de alzada deberán continuar cumpliendo.
En la Operación Gavilán. El Ministerio Público presentó cargos preliminares en contra de una red de fiscales, empleados administrativos y policías que se dedicó durante años a eliminar antecedentes penales a cambio de sobornos.
En el desmantelamiento de la red participó un equipo de fiscales en conjunto con unidades especiales de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), quienes realizaron allanamientos en el Distrito Nacional, Santo Domingo, Independencia y San Pedro de Macorís.
Según el borrador de antecedentes penales ejecutado por dicha red, a través de esta fueron beneficiados sicarios, narcotraficantes, violadores sexuales, imputados de violencia de género y por el delito de adulteración de alcohol, secuestro, e incluso personas recluidas cumpliendo condenas de hasta 30 años de prisión, las cuales aparecían sin ningún antecedentes penal en los registros oficiales.
Refiere asimismo el documento, que durante los allanamientos se ocuparon evidencias de los delitos imputados, tales como dispositivos electrónicos, prueba de transferencias bancarias, armas de fuego, vehículos, dinero en efectivo, cédulas y copias de cédulas.
Al grupo se les acusa de los delitos tipificados en los artículos 59, 60, 123, 124, 166, 167, 174, 175, 177, 265 y 266 del Código Penal Dominicano, así como también de violar la Ley 41-08 sobre la Función Pública, los artículos 6 párrafo, y 10 párrafo de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, y el artículo 3 de la Ley 155-17 en perjuicio del Estado dominicano, los cuales tipifican y sancionan la asociación de malhechores, soborno, el cibercrimen y lavado de activos.