Redacción Delegalymas
El Tribunal Superior Electoral (TSE) falló este lunes a favor de que el ex presidente Leonel Fernández pueda ir como candidato en las elecciones del 2020. Dijo que el exmandatario no tiene ningún impedimento constitucional para ostentar una candidatura a un puesto de elección popular de cara a las elecciones previstas para el año 2020, por el Partido de los Trabajadores Dominicano (PTD).
El TSE adoptó la decisión con el voto mayoritario luego de acoger la acción de inconstitucionalidad formulada por Fernández, y a la que se adhirió el PTD, contra el artículo 49.4 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos; el artículo 134 de la Ley Electoral, y el artículo 10 del Reglamento sobre escogencia de candidatos y candidaturas dictado por la Junta Central Electoral (JCE).
Declara en consecuencia, “inaplicable en la resolución del presente proceso dichos artículos, por desconocer lo previsto en los artículos 22.1, 74.2 y 123 de la Constitución de la República, ya que dichas imposiciones legales y reglamentarias imponen requisitos no exigidos en la Constitución para ostentar una candidatura a un puesto de elección popular”, reseña la sentencia.
Los jueces del TSE decidieron, además, excluir del presente proceso a la Junta Central Electoral, que figuraba como co-demandada, tras indicar que el conflicto analizado concierne “a un diferendo intrapartidario, en el cual dicha institución no tienen la calidad de parte”, explican.