Inicio Justicia Un año de prisión preventiva para asaltante de Mariasela Álvarez y Augusto Guerrero

Un año de prisión preventiva para asaltante de Mariasela Álvarez y Augusto Guerrero

por DeLegalymas

Redacción Delegalymas

Un año de prisión preventiva como medida de coerción fue impuesta por el juez Alejandro Vargas del tribunal de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional a Ariel Santos Ramírez, alias Pototo, acusado de asalto agravado en perjuicio de la comunicadora Mariasela Álvarez y su hija Rebeca Fernández, así como también al productor de televisión Augusto Guerrero, Sheila Paulino y su  hija menor de edad.

La medida cautelar en contra del imputado, fue lograda luego de que el Ministerio Público aportara ante ese tribunal diversos elementos de prueba, los cuales fueron evaluados por el magistrado Vargas, quien los consideró suficientes para imponer la medida, que  el acusado  deberá cumplir en la Cárcel del 15 de Azua.

El expediente instrumentado por la Fiscalía del Distrito Nacional establece que el encartado Santos Ramírez cometió los actos delictivos en hechos separados que tuvieron lugar en los sectores Serrallés y Arroyo Hondo, del Distrito Nacional, el pasado 12 de septiembre.

Indica, que aproximadamente a las 12:20 del mediodía, en Serrallés, Santos Ramírez emboscó a punta de pistola a la comunicadora y a su hija, despojó a esta última de su cartera, realizó dos disparos al aire y huyó del lugar.

En tanto que una hora más tarde, el hoy detenido realizó otro atraco en contra de Sheila Paulino, su hija menor de edad y el productor de televisión Augusto Guerrero, en Arroyo Hondo, donde logró despojar de sus pertenencias a la adolescente.

En el momento del arresto, las autoridades le ocuparon los teléfonos celulares que les había sustraído el día anterior a algunas de las víctimas.

El Ministerio Público señala que las acciones del imputado Santos Ramírez se inscriben dentro de los tipos penales de asalto agravado y porte ilegal de arma de fuego, delitos previstos y sancionados en los artículos 379 y 386-2 del Código Penal Dominicano, así como en los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

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