Redacción Delegalymas
El Tribunal Colegiado de Las Matas de Farfán impuso una condena de siete años a Martín Quezada de Óleo, de 65 años de edad, hallado culpable de violar sexualmente a una niña de nueve años de edad.
La Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de las Matas de Farfán aportó pruebas suficientes, las cuales fueron acogidas por los jueces para dictar la sentencia en contra del hoy condenado, quien deberá cumplir la sentencia en la Cárcel Pública de San Juan de la Maguana.
El proceso contra Quezada de Óleo inició con la denuncia presentada ante la referida dependencia de la institución de justicia el 14 de marzo de 2019.
La procuradora fiscal adjunta Denia Margarita Rodríguez, representante del Ministerio Público mostró diversas evidencias para dejar establecida la responsabilidad penal del procesado en los agravios cometidos en perjuicio de la menor de edad, cuyo nombre se omite por razones legales.
Según el expediente condenatorio, para cometer el hecho, el hombre aprovechó que la víctima se encontraba sola, mientras su padre se encontraba en una casa vecina.
Entre las pruebas depositadas ante el tribunal, se destacan los informes del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), los cuales certifican los daños físicos y emocionales causados a la víctima.
A la conducta del condenado se le atribuye el tipo penal previsto y sancionado en los artículos 330 y 331 del Código Penal, modificados por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género, así como también el artículo 396, del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), que prevé sanciones contra los delitos de violación, agresión y abuso sexual y psicológico, modificada por la Ley 52-07.