Redacción Delegalymas
Tres meses de prisión preventiva en Najayo Hombre, le fueron impuestos como medida de coerción al abogado Emilio Antonio López Nivar, acusado de agresión a su pareja, la comunicadora Tamara Martínez.
La medida cautelar le fue dicta al implicado por el juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, tras el tribunal acoger una solicitud de la fiscal titular del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, en representación del Ministerio Público.
El abogado Emilio López, arrestado desde el pasado fin de semana, era investigado por supuestamente agredir física y psicológicamente a su pareja, Tamara Eilyn Martínez Piña, atendiendo a una denuncia pública de la señora Cesarina Piña, madre de la comunicadora, quien la presentó por ante las autoridades.
Al acusado se le imputa la violación de los artículos 309-I, 309-2, 309-3, literal D y H, sobre violencia de género y el 332 del Código Penal Dominicano.
En el caso del artículo 309, sobre los casos de violencia de género establece que: “cuando una persona agraviada resultare enferma o imposibilitada para dedicarse al trabajo, durante no menos de diez días ni más de veinte, a consecuencia de los golpes, heridas, violencia, lesiones o vías de hecho…”.
Mientras, en el artículo 332 establece el castigo a “la persona que incurra en una actividad sexual no consentida en una relación de pareja, en cualquiera de los casos siguientes: a)mediante el empleo de fuerza, violencia, intimidación o amenaza; b) si se ha anulado sin su consentimiento su capacidad de resistencia por cualesquier medio; c) cuando por enfermedad o incapacidad mental, temporal o permanente, la persona víctima estuviere imposibilitada para comprender la naturaleza del acto en el momento de su realización; d) cuando se obligare o indujere con violencia física o psicológica a su pareja a participar o involucrarse en una relación sexual no deseada con terceras personas…”
La fiscal Rosalba Ramos, al ser entrevistada por los periodistas a su salida del tribunal, expresó que “en el día de hoy, el tribunal ha entendido lo que el Ministerio Público ha planteado, en el sentido de que en el presente caso se configuran todos los elementos que indican que hay violencia de género y por lo tanto se determinó imponer la prisión preventiva por un espacio de tres meses en Najayo”
La funcionaria sostuvo que se tomó esa decisión porque el imputado Emilio López ha obstaculizado el curso de la investigación y una prueba fehaciente que en el día de ayer, “cuando intentamos entrevistar una menor a través de la cámara Gesell, él facilitó que ella pudiera movilizarse con el niño, para que esto no pudiera producirse”.
La fiscal Ramos dijo en ese sentido, que es un escenario propicio, para que “en lugar de estar juzgando víctimas, que las entendamos”.
“Es un caso en el que tenemos a la víctima totalmente en contra del Ministerio Público, donde ella está apoyando ciento por ciento a su agresor y es entendible, porque esto es parte del síndrome de Estocolmo, del síndrome de la mujer maltratada y es importante que no la juzguemos, sino que entendamos que esto parte del mismo ciclo de la violencia”, apunto la fiscal del Distrito.