Redacción Delegalymas
Santiago Marcelo Francisco Hazim Albainy, señalado por el Ministerio Público como principal cabecilla de la red que presuntamente estafó al Estado con más de 14 mil millones de pesos, continuará en prisión preventiva, luego de que la madrugada de este jueves los jueces Isis Muñoz, Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, rechazaran el recurso de cambio de la medida de coerción.
El pleno del tribunal consideró la petición de la defensa del imputado Santiago Hazim Albainy como inconstitucional, respecto al artículo 377 en sus numerales 2 y 3 del Código Procesal Penal.
Plantearon además los magistrados, que el recurrente incurría en error, a través de su defensa, al pretender supeditar la vigencia de la medida de coerción al plazo de la investigación, explicando que esa pretensión ignora que la prisión preventiva, por su naturaleza cautelar, “no tiene como única finalidad garantizar la recolección de elementos de prueba, sino primordialmente asegurar la presencia del imputado durante todas las etapas del proceso, incluyendo la etapa intermedia y el juicio”.
Se recuerda que los supuestos fondos sustraídos debían ser destinados a los servicios sanitarios de los más de 7 millones de afiliados del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) y, acogiendo la solicitud del Ministerio Público, la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó la prisión preventiva impuesta a Santiago Marcelo Francisco Hazim Albainy.

El procurador adjunto Willson Camacho junto a los fiscales que participaron en la audiencia al salir del tribunal la madrugada de este jueves.
Respecto a la decisión del tribunal, el procurador adjunto Wilson Camacho expresó a su salida de la audiencia: “Una vez más, un tribunal reconoce la fortaleza de la investigación realizada por el Ministerio Público y la gravedad de los hechos que envuelven este proceso.
“Nosotros lo hemos dicho desde el día uno: la afectación que se hizo al seguro de salud SeNaSa, un seguro que alberga a más de 7 millones de dominicanos, es una situación calamitosa y sumamente grave, las actuaciones de los imputados en este proceso y con las evidencias que aportó el Ministerio Público debía imponerse prisión preventiva”, añadió el titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público.
“Se impuso la prisión preventiva en el primer grado y se ha mantenido la prisión preventiva para todos los imputados que apelaron. Y nos parece una decisión adecuada que es proporcional, no solamente a la gravedad del hecho, sino al daño que debe ser resarcido por la afectación que este proceso produce, repito, sobre millones de dominicanos y dominicanas”, añadió.
Camacho calificó la decisión como un éxito de la investigación que desarrollan los fiscales bajo los lineamientos de la procuradora general Yeni Berenice Reynoso, resaltando: “Y es un estímulo para el Ministerio Público seguir trabajando para que todo el que haya participado en este proceso venga a los tribunales a responder por sus hechos”.
El procurador adjunto reiteró que como lo ha planteado en otras ocasiones, “habrá tantas vueltas de Operación Cobra como lo amerite el caso. Estamos avanzando. Ustedes saben que es una investigación abierta y hay que cuidar los detalles para no afectar esa investigación, pero les aseguro que muy pronto nos estaremos viendo de nuevo hablando de la versión 2.0 de Operación Cobra”.
“Todo el que haya participado en este entramado se presentará ante los tribunales, se los aseguro”, indicó Camacho al concluir la audiencia esta madrugada, junto al procurador de Corte Héctor García, así como los fiscales Yudelka Holguín, Ernesto Guzmán Alberto y Aurelio Valdez.
Fallo al fondo de la apelación. Los jueces desestimaron los recursos de Hazim Alainy, Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Franciscó Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speaklear Mateo y Ada Ledesma Ubiera. Por vía de consecuencia, “confirma en todas sus partes la resolución impugnada que impuso la medida de coerción consistente en prisión preventiva por un espacio de 18 meses, contra los indicados imputados”.
Recordó que aunque el Tribunal Constitucional en principio refuerza la idea de que la prisión preventiva es una medida de naturaleza dinámica y revisable, “bajo ninguna circunstancia puede interpretarse como una anulación del techo legal de los 18 meses”.
“Y en ese sentido, la supuesta desproporción alegada por el recurrente es inexistente, por lo que el texto normativo no violenta en modo alguno la Constitución”, indicaron los jueces en sus argumentaciones previas a la lectura del dispositivo de su resolución que ratifica las medidas de coerción impuesta en diciembre pasado por el juez Rigoberto Sena Ferreras, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.
Hay que recordar que el juez Sena Ferreras también impuso arresto domiciliario, presentación de garantías económicas e impedimento de salida del país para los coacusados Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, igualmente procesados como parte del entramado corrupción.

