El juez Rigoberto Sena de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, a solicitud del Ministerio Público, impuso tres meses de prisión preventiva como medida de coerción a tres hombre que intentaron cometer robo agravado en una joyería del sector Villa Juana, el pasado 7 de octubre.
Los imputados, los cuales deberán cumplir la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR-XVII) Najayo Hombres, de la provincia San Cristóbal, son: Shandde Moisés Amancio Arias, César Edward Tejeda Carela (Pelo Fino) y Ángel Marte de Jesús (Deivi o Escudero), quienes, de acuerdo con la investigación, actuaron en perjuicio de Aderly Fischerarlt de León Polanco, propietario del establecimiento, y Carlos Miguel Martínez Calderón, seguridad del mismo.
Respecto al caso, la procuradora fiscal Julia Laury Vásquez, adscrita al Departamento de Litigación Inicial del Distrito Nacional, representó al Ministerio Público durante la audiencia en la que el magistrado dictó la medida de coerción y fijó la revisión obligatoria para el 14 de enero de 2027.
La instancia de solicitud de medida de coerción. Fue presentada por la procuradora fiscal Roxanna Molano, encargada del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Propiedad (Robo) de la Fiscalía del Distrito Nacional. Y, de acuerdo con la misma, el 7 de octubre, alrededor de las 2:55 de la tarde, mientras las víctimas se encontraban dentro del establecimiento, los imputados Shandde Moisés Amancio Arias y Ángel Marte de Jesús (Deivi o Escudero) llegaron a la joyería a bordo de una yipeta negra sin placa visible, que había sido previamente rentada.
Indica además, que descendió del vehículo el imputado Marte de Jesús, quien portaba un arma de fuego con la que apuntó y realizó varios disparos hacia el interior del establecimiento, momento en que el seguridad, Martínez Calderón, al percatarse de la agresión, intentó levantarse, pero fue impactado por dos disparos del arma de Marte de Jesús.
Prosigue el documento, que cuando este intentó disparar nuevamente el arma, esta se encasquilló, y luego de manipularla, realizó otro disparo que impactó a la víctima y provocó que se desplomara en el suelo boca abajo.
Añade asimismo, que posteriormente, Amancio Arias y Marte de Jesús intentaron ingresar al establecimiento. Sin embargo, el seguridad, aún en el suelo, logró girarse y repeler la agresión con su arma de fuego, lo que obligó a los imputados a retroceder y huir en la yipeta sin lograr su propósito delictivo de sustraer bienes.
Señala además, que tras el hecho, las autoridades analizaron las cámaras de videovigilancia del sector y rastrearon la ruta del vehículo mediante el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1, estableciendo que se dirigía hacia la región Sur del país. Y, durante la huida, Amancio Arias se comunicó telefónicamente con Luis Keyson Tejada para informarle que estaba herido de bala y solicitarle ayuda para recibir asistencia médica.
Detalla igualmente, que luego de que Keyson Tejada acudiera al Hospital de Palmar de Ocoa y le informaran que no contaban con los recursos necesarios para atenderlo, ambos coordinaron encontrarse en la entrada de Villa Fundación, en Baní, provincia Peravia.
Establece además el expediente, que Amancio Arias llegó al lugar conduciendo la yipeta, la cual dejó abandonada y abordó el vehículo de su acompañante para trasladarse a un centro de salud, pero, a través de labores de inteligencia, las autoridades descubrieron que Amancio Arias había ingresado al Hospital Provincial Nuestra Señora de Regla, en Baní, con múltiples heridas de bala.
Precisa también el expediente, que al presentarse en el centro de salud, los agentes lo identificaron y determinaron que sus lesiones eran compatibles con el intercambio de disparos ocurrido en la joyería, entregándose voluntariamente Keyson Tejada, y recuperándose prendas de vestir ensangrentadas que coincidían con las observadas en las imágenes de videovigilancia.
Señalan las informaciones recabadas en la investigación, que Amancio Arias admitió su participación como conductor del vehículo utilizado en el hecho e identificó a Marte de Jesús como la persona que descendió del vehículo y disparó contra el seguridad, señalando también a César Edward Tejeda Carela (Pelo Fino) como quien habría suministrado las armas de fuego.
Al caso el Ministerio Público le otorgó la calificación jurídica de violación de los artículos 73, 74, 224, 225, párrafos 1, 4 y 5; 226, párrafos 2, 3, 4 y 5; y 373, párrafo tercero, de la Ley número 74-25, que instituye el nuevo Código Penal Dominicano, así como de los artículos 66 y 67 de la Ley número 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados en la República Dominicana.

