Las juezas Yissell Soto, Clara Sobeida Castillo y Jarolyn Rosario del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, condenaron a 30 años de cárcel a Yokeiry Coronado De La Cruz y su pareja Jeider Montero Medina, tras hallarlos culpables de tortura, barbarie, maltrato infantil y el homicidio de una niña de siete años, en un hecho registrado el 16 de agosto de 2025 en el sector Los Guandules, del Distrito Nacional.
Los condenados deberán cumplir la pena en los centros de corrección y rehabilitación (CCR) Najayo Mujeres y Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal, y al mismo tiempo pagar una indemnización de cinco millones de pesos a favor de la madre de la víctima constituida en parte civil, según dispusieron las magistradas.
Según fue demostrado durante la audiencia, a través de pruebas testimoniales, periciales, documentales y materiales, la pareja es responsable penalmente de los hechos que se les imputan. La lectura íntegra de la sentencia fue fijada por las juezas para el 12 de noviembre.
La investigación. Estuvo a cargo de la procuradora fiscal Topacio Suero Sierra, adscrita al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona del Distrito Nacional, quien establece en la misma que la niña se encontraba bajo el cuidado de los procesados, quienes tenían el deber de garantizar su protección e integridad. Sin embargo, durante los meses de julio y agosto de 2025, Coronado De La Cruz incurrió en actos de maltrato contra la infante, mientras que Montero Medina, teniendo conocimiento de la situación, ignoró lo que estaba pasando y no la denunció.
Detalla además el expediente, que el 16 de agosto de 2025, alrededor de las 6:30 de la tarde, Coronado De La Cruz solicitó la presencia de sus familiares Alejandrina Rodríguez Polanco y María Polanco De La Cruz en su residencia, ubicada en la calle Respaldo Eugenio Perdomo, en Los Guandules, debido a que la niña presentaba convulsiones. Y, al llegar al lugar, Rodríguez Polanco se comunicó con el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 para informar que la menor se encontraba inconsciente.
Añade asimismo, que posteriormente una médico forense del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) certificó el fallecimiento y documentó los hallazgos relacionados con el maltrato reiterado, conforme al acta de levantamiento de cadáver. Según la versión de Coronado De La Cruz sobre las circunstancias del fallecimiento, estas no coincidía con los hallazgos forenses, pero las autoridades procedieron a su arresto y posteriormente arrestaron a Montero Medina, debido a que era responsabilidad de ambos el cuidado y protección de la niña.
Durante el juicio, la doctora Yudelin Villanueva, médico forense del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), explicó los hallazgos relacionados con la causa y el mecanismo de la muerte de la menor. Aseguró en su testimonio, que el cuadro que presentaba la niña correspondía al síndrome del niño maltratado. Y, al valorar dichas prueba, contundentes para establecer las circunstancias del fallecimiento y los maltratos reiterados que sufrió la víctima, el tribunal calificó las características de estos como “groseras y abusivas”.
Otro de los elementos presentados fue un conjunto de fotografías y videos recuperados mediante la extracción pericial telefónica, realizada por el ingeniero Eddy Ogando, lo que motivó a las magistradas tras examinar el origen de las imágenes y la forma en que fueron obtenidas e incorporadas al proceso, a calificarlas como “espeluznantes”. Se evidenciaron además las lesiones en las uñas y las palmas de las manos quemadas de la menor de edad, así como otras heridas de gravedad como resultados de los maltratos, llevándolas a la imposición de la pena máxima a los imputados.
A los condenados Coronado De La Cruz y Montero Medina se les imputa la violación de los artículos 295, 304, 303 y 303 numerales 1 y 4 del Código Penal dominicano, así como del artículo 396, literales A y B, de la Ley número 136-03, que instituye el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.

