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Defensas de Jean Alain Rodríguez y demás recusan a juezas a cargo del caso

Mirna Ortiz confía en que la corte rechace dicha recusación

por DeLegalymas

En la audiencia de este miércoles del caso por presunta corrupción administrativa que se sigue al exprocurador de la República Jean Alain Rodríguez Sánchez y otros imputados, las defensas recusaron a las juezas responsables del proceso Yissel Soto, Clara Castillo y Harlin Elizabeth Rosario, del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, por negarse a conceder seis días que habían solicitado, en vez de tres, para impugnar una resolución de más de 150 páginas que pospone para el final del juicio el conocimiento de más de veinte incidentes.

En tal sentido, las juzgadoras fijaron tentativamente para el próximo 16 de noviembre, la próxima audiencia. Y, al respecto, el Ministerio Público deploró por enésima vez que las defensas de Jean Alain Rodríguez y demás continúen utilizando tácticas dilatorias, como la recusación de hoy, aplazamientos y presentación de licencias médicas, con la finalidad de  “retardar el proceso y evitar que se conozcan las pruebas que demostrarán su responsabilidad penal en el juicio que se le sigue”.

Al respecto, la procuradora de corte Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), dijo que “tal como amenazaron a las juezas públicamente tras la audiencia anterior, los abogados de las defensas presentaron una recusación contra el tribunal totalmente infundada, porque carece de los motivos que la propia ley establece para permitir este tipo de acciones”.

Recordó que los abogados amenazaron a las juezas, de que “iban a pagar por lo que habían hecho”, refiriéndose a la decisión emitida para el fondo del proceso sobre los 21 incidentes presentados en reiteradas ocasiones.

Dijo Ortiz al conversar con periodistas que la abordaron a la salida del tribunal, que las juezas  rechazaron en todas sus partes la recusación hecha por la defensa de los imputados, por considerarla “totalmente improcedente, y porque hacen su trabajo de cara a la ley”, por lo que la remitirán a la Corte de Apelación del Distrito Nacional para que sea ese tribunal de alzada que decida sobre sus méritos, al tiempo que explicaron que hasta que no tengan la decisión al respecto, se separan de manera total de cualquier actuación procesal referente a ese caso.

La recusación a las juezas. Fue presentada vía secretaría y de forma oral en el tribunal por las barras de la defensa de Ramón Lucrecio Burgos y Rafael Augusto Solano, acusados en el expediente presentado contra Jean Alain Rodríguez y demás.

Sobre la base de la recusación, Ortiz dijo sentirse confiada en que la Corte de Apelación a rechazará por “carecer de fundamento. Lo que debemos todos preguntarnos es cómo aquellas partes que pretenden la extinción de la acción, porque supuestamente los plazos han vencidos, son las que promueven recusaciones, promueven aplazamientos, traen licencias médicas y plantean, replantean incidentes que ya han sido cien veces fallados por el tribunal”, sostuvo.

“Es evidente que a lo que la defensa de Jean Alain Rodríguez y compartes le rehúyen es al conocimiento de las pruebas de este proceso, pero tal y como advirtió el tribunal: ¡aquí nos veremos! Las pruebas hablarán y evidentemente que vendrán las sentencias condenatorias que es lo que todos esperamos”, subrayó.

El proceso. Indicó el Ministerio Público, que el pasado lunes, luego de acoger una solicitud del órgano acusador, el tribunal difirió la decisión de 21 incidentes que volvieron a presentar las defensas para fallarlos con el fondo del caso por corrupción administrativa. Y, luego de deliberar exhaustivamente, las juezas adoptaron la decisión de que todos los incidentes presentados por las defensas técnicas, según pudieron comprobar, por su naturaleza, involucran un estudio de temporalidad de la ocurrencia de los hechos, la forma de obtención de los elementos de prueba acreditados mediante el auto de apertura a juicio, así como la individualización de las conductas de los acusados.

Determinaron también, el origen del derecho de propiedad sobre los objetos incautados, lo cual entiende el MP, amerita un examen sustancial del relato fáctico de la acusación y ponderación armónica de las pruebas a incorporar.

Explica que según establecieron las juzgadoras, se impone un análisis profundo de todos los elementos sometidos al juicio, por lo que el momento procesal no es el idóneo. Durante la audiencia, la procuradora de corte Mirna Ortiz se refirió al recurso de oposición presentado por algunas de las barras de las defensas, considerando en ese sentido, que el tribunal debe rechazar, al igual que lo rechazó la vez anterior, el otorgamiento de plazos extendidos solicitados por los abogados de la defensa para presentar los recursos, por no proceder conforme con lo dispuesto por la norma procesal penal.

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