La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, dictó prisión preventiva de tres meses como medida de coerción a Juan Alexander Gálvez Marte (Alex Bronx), quien dispuso que la cumpla en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras; Hensy Yoel Reynoso Abreu en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR-XVII) Najayo-Hombres, y Wilkin Jonathan Báez de los Santos (el Mocho) en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR-XX) Najayo-Hombres, tras ser acusados de asaltar una joyería en Cristo Rey.
La medida cautelar les fue impuesta a los imputados a solicitud del Ministerio Público, la cual será revisada el 18 de junio. De acuerdo con la instancia presentada por el procurador fiscal Nelson Beltré Tejada, adscrito al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Robo) de la Fiscalía del Distrito Nacional, Wilkin Jonathan Báez de los Santos (el Mocho) se asoció con Juan Alexander Gálvez Marte (Alex Bronx), señalado como autor intelectual del hecho, y Hensy Yoel Reynoso Abreu, identificado como autor material para cometer el hecho.
Detalla el documento, que Báez de los Santos permaneció en el vehículo con el motor encendido, a la espera de facilitar la huida de los demás implicados cuando concluyeran el asalto.
El caso. Revela el Ministerio Público, que según se ha establecido durante las investigaciones, Gálvez Marte, condenado en otros dos procesos judiciales a 30 años de prisión por homicidio agravado, quien cumple condena en el Centro de Privación de Libertad de La Victoria, es señalado como el autor intelectual del asalto, coordinando la operación criminal y financiando la compra del vehículo utilizado en el robo.
En tanto que Reynoso Abreu es imputado de la venta de una de las prendas sustraídas y en la compra del vehículo utilizado para cometer el asalto, en coordinación con otros implicados.
El hecho ocurrió el 7 de marzo de 2026, alrededor de las 7:20 de la noche, cuando los imputados, junto a varios cómplices actualmente prófugos, conformaron una estructura criminal organizada para cometer robo agravado mediante el uso de armas de fuego, en perjuicio del comerciante Abrahan Corporán Merbournes, propietario de la joyería ubicada en el sector Cristo Rey.
Durante el asalto, varios individuos armados rompieron la puerta de cristal del establecimiento y realizaron múltiples disparos mientras penetraban al interior del negocio. Entre los objetos robados se encuentran aproximadamente 1,340 gramos de oro de 14 quilates tipo Ice Chain, cadenas de distintos diseños con un peso total superior a los 5,000 gramos, así como RD$300,000 pesos en efectivo.
Tras cometer el asalto, los implicados emprendieron la huida en un vehículo Mitsubishi Endeavor, conducido por el imputado Báez de los Santos, el cual posteriormente impactaron contra un árbol en las proximidades de la calle Paseo de los Reyes Católicos, próximo al destacamento policial El Caliche, donde lo abandonaron.
Durante el levantamiento realizado por miembros de la Policía Científica fueron recolectadas múltiples evidencias, entre ellas, casquillos de distintos calibres, cadenas de color amarillo, un cargador para pistola Glock calibre 40 con cápsulas, exhibidores de joyería, máscaras, pasamontañas, una mandarria y otros objetos utilizados para cometer el robo.
El hecho quedó captado por cámaras de seguridad instaladas dentro del establecimiento y en las inmediaciones, evidencias que fueron aportadas como pruebas en la solicitud de medida de coerción. Asimismo, se determinó que Gálvez Marte coordinaba la ejecución del robo desde el Centro de Privación de Libertad de La Victoria mediante dispositivos telefónicos, los cuales fueron posteriormente ocupados durante un allanamiento en dicho recinto penitenciario.
Según informó el Ministerio Publico, informó, el 15 de marzo del año del presente año, ejecutó un allanamiento en la residencia del imputado Baéz de los Santos, donde se ocupó envueltos en ropas el revólver calibre 38 mm, de color negro, sin numeración, ni marca.
El órgano acusador calificó jurídicamente los hechos como violación a los artículos 265, 266, 379 y 381 del Código Penal Dominicano, así como a los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre armas, municiones y materiales relacionados.

