Inicio Justicia Condenan a empresario a prisión suspendida y al pago de más de RD$47 millones por fraude eléctrico

Condenan a empresario a prisión suspendida y al pago de más de RD$47 millones por fraude eléctrico

por DeLegalymas

La Primera Sala de la Cámara Penal del distrito judicial de Santo Domingo condenó a dos años de prisión suspendida y al pago de más de RD$47 millones, al empresario Javier Francisco Álvarez Valencia, hallado culpable de sustraer energía eléctrica de manera ilegal en perjuicio de la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste, S.A.) y del Estado dominicano.

En respuesta a la solicitud del Ministerio Público, a través de la Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico (Pgase), el tribunal impuso la pena al procesado, consistente prisión en la modalidad de pena suspendida bajo las condiciones establecidas por la jueza Dolores Galay de la Cruz, quien estableció en la sentencia que podrá disponer que la cumpla  en el Centro de Corrección (CCR) Najayo Hombres, en caso de incumplir con las normas establecidas.

La magistrada dispuso que Álvarez Valencia pague un monto total de RD$47,747,272.88, por concepto de energía consumida y no facturada, así como también al pago de una indemnización de RD$200,000 por daños ocasionados, además de una multa de 10 salarios mínimos.

Durante la audiencia, el Ministerio Público demostró que Álvarez Valencia, en su calidad de propietario y beneficiario del negocio Hielo El Grande, ubicado en la Avenida Emma Balaguer, núm. 31, del sector El Cacique II, municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, manipuló el suministro de electricidad, estableciendo una conexión directa a 7.2 KV, con dos transformadores, uno de 100 KVA y uno 75 KVA, fuera del medidor.

Indica asimismo, que a través del ilícito, el procesado sustrajo la energía de manera ilegal, con un valor monetario que asciende a los a los RD$47,747,272.88, que por mandato del tribunal deberá pagar, monto que fue así establecido en la tasación realizada por la distribuidora y revisado y aprobado por la Superintendencia de Electricidad (SIE).

El órgano persecutor demostró además en la audiencia, que las acciones cometidas por el procesado constituyen una violación a las disposiciones de los artículos 124-2, 125-1 y 125-3 de la Ley General de Electricidad No. 125-01, calificados como Atentado contra el Sistema Eléctrico y Fraude Eléctrico, en perjuicio de la víctima Edeeste, S.A., y el Estado dominicano.

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