Redacción Delegalymas
Tras ser hallado culpable de haberle quitado la vida a Mayelisa Adames Castillo, de 21 años de edad, quien cuando el agresor le provocó la muerte a causa de heridas en el cuello con un arma blanca tenía 15 días separada del homicida, los jueces Martín De La Mota, Fernando Abreu y Ariella Cedano, del Segundo Tribunal Colegiado de La Vega condenaron a Wilson Rafael Lantigua (o Wilson Lantigua Basora) a 20 años de cárcel.
La decisión del tribunal se produjo luego de que el Ministerio Público demostrara con suficientes medios de pruebas la culpabilidad del procesado, quien deberá cumplir la prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) El Pinito, de La Vega.
Según el expediente, el hecho ocurrió en la vivienda de la madre de la víctima, ubicada en el distrito municipal Río Verde, de La Vega. Detalla que Lantigua se presentó a la casa alrededor de las 9:00 de la mañana del 17 de marzo del presente año, portando un arma blanca tipo navaja, de las denominadas bisturí.
Relata asimismo, que el ahora condenado aprovechando que la víctima se encontraba sola, la interceptó frente a la referida vivienda y, halándola por el cabello, la obligó a la fuerza a ingresar al interior de la casa, donde le provocó la herida mortal, según narraron testigos, y que luego de cometer el crimen, Lantigua emprendió la huida, expresando: “ya acabé”.
Añade el documento, que miembros del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 tras ser contactados por vecinos de la víctima se presentaron al lugar y confirmaron la muerte, iniciándose posteriormente la persecución por feminicidio por parte de la Policía Nacional, cuyos agentes lo interceptaron en una finca de la misma comunidad minutos después- alrededor de las 9:55 de la mañana-
Al respecto, la fiscal titular de La Vega, Aura Luz García Martínez, resaltó que en este caso se obtuvo sentencia condenatoria ocho meses después de ocurrir el hecho. “Continuamos trabajando para que los casos se conozcan en el menor tiempo posible, y con ello evitar las rutas críticas a las víctimas sobrevivientes y/o víctimas indirectas de delitos graves”, señaló.
Asimismo, el fiscal Juan Carlos Núñez, quien tuvo a su cargo la investigación del caso, le otorgó al mismo la calificación jurídica de violación a los artículos 295, 296, 297, 298, 302, 309-1 у 309-2, 309-3, literal A, B, C y D, del Código Penal dominicano, modificado por la Ley 24-97) sobre Violencia de Género e Intrafamiliar, y los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

