La jueza Yanibet Rivas del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, dictó este viernes apertura a juicio contra el empresario Jochi Gómez, propietario de Aurix S.A.S., y Hugo Beras, exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) y otros involucrados en corrupción administrativa contra el Estado dominicano.
La magistrada acogió la solicitud del Ministerio Público, y rechazó la solicitud de nulidad del expediente presentada por la defensa de Hugo Beras enviándolo a juicio. Según adelantó Wilson Camacho, al ponderar la decisión de auto de apertura a juicio para el grupo encartado en el expediente por defraudar al Estado dominicano, estos se exponen a penas de hasta 20 años de prisión.
La jueza envió a juicio además de Hugo Beras Jochi Gómez a Pedro Vinicio Padovani Báez y Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exencargado del Centro de Control de Tráfico y exdirector de Tecnología del Intrant, respectivamente, así como a Frank Rafael Atilano Díaz Warden, excoordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras; Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del Intrant, y Carlos José Peguero Vargas.
También, Mariano Gustini, Manuel Eduardo Mora Vázquez y Henry TanmDarío Féliz Casso, e igualmente a las personas jurídicas Transcore Latam S.R.L., Aurix S.A.S., Inprosol S.R.L., OML Inversiones S.R.L., PagoRD Xchange S.R.L., Industria Soltex Dominicana S.R.L. y Dekolor S.R.L.
La organización. Detalla el Ministerio Público, que la organización estaba conformada por funcionarios públicos, ex servidores estatales y particulares con antecedentes de haber participado en maniobras fraudulentas, quienes, aprovechando su posición o sus conexiones políticas y empresariales, vulneraron los principios de transparencia, libre competencia y legalidad que rigen la contratación pública.
Explica el órgano acusador, que las acciones de la mismad se caracterizó por una planificación meticulosa, el uso de sociedades interpuestas, prestanombres y documentos falsos, con el fin de garantizar el control total del proceso licitatorio y asegurar la adjudicación irregular del contrato por un monto de RD$ 1,317,350,997.00, en favor de empresas vinculadas al imputado José Ángel Gómez Canaán (Jochi Gómez).
Al ser abordado por periodistas al salir de la audiencia este viernes sobre la decisión del tribunal, el titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, destacó el avance del proceso tras la modificación del Código Procesal Penal de la República Dominicana.
“Hay varias cosas que hay que resaltar sobre este proceso; el primero, es la primera acusación que se conoce con la modificación que se hizo al Código Procesal Penal y ustedes podrán darse cuenta que desde el depósito de la acusación al día de hoy, han transcurrido solo seis meses, y ya este caso va a juicio, lo que evidencia la rapidez con la que se pueden conocer los procesos penales a partir de la modificación”, destacó.
“En relación a la decisión que tomó el tribunal en el día de hoy, hay decisiones que reflejan el trabajo del Ministerio Público y esta es una de esas decisiones, el tribunal excluyó el tipo penal de terrorismo sobre una visión que tiene el tribunal de que no se da la participación subjetiva del tipo penal”.
Destacó sin embargo, que el tribunal retuvo el tipo penal de sabotaje, el cual permite retener la parte objetiva del tipo penal. “Y esta es una cuestión que puede perfectamente resolverse en juicio, en la medida en que el Ministerio Público pruebe la realidad de la conducta y podamos solicitar en juicio al tribunal que conozca del mismo y que varíe la calificación, así que esto no es un problema para el Ministerio Público”, dijo.
Sostuvo que el caso llevado por el Ministerio Público se mantiene fortalecido, “porque los hechos se mantienen, las pruebas se mantienen y el tribunal retuvo el sabotaje.Es como decir que el tribunal retuvo el tipo penal en el 90%, el resto nosotros lo podemos probar y resolver en juicio en la medida en que se desahoguen las pruebas”, indicó.
“La calificación jurídica que retiene el tribunal, incluye el lavado de activos, lo que significa que en este caso puede haber penas que lleguen, incluso, a los 20 años de reclusión”, subrayó.
Camacho encabezó la audiencia junto a la procuradora general de corte Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), y el equipo de litigantes del Ministerio Público, los fiscales Jonathan Elías Pérez, Emmanuel Ramírez, Miguel Collado y Arolin Lemos.
Acusación del Ministerio Público al grupo. El órgano le acusa de integrar una red criminal dedicada a la corrupción, sabotaje y terrorismo, la cual fue desmantela tras la puesta en marcha de la denominada “Operación Camaleón” en el año 2024. La Pepca presentó acusación por el caso contra las personas físicas y jurídicas en el mes de octubre del pasado año 2025.
Durante el proceso, declarado complejo, el Ministerio Público estableció la existencia de diversas líneas delictivas, incluyendo corrupción administrativa, fraude en contrataciones públicas, estafa contra el Estado, sabotaje a infraestructuras críticas, contrabando, falsificación, delitos de alta tecnología, actos de terrorismo en infraestructura crítica y lavado de activos.
Dichas irregularidades, indica, se desarrollaron principalmente a través del Intrant y el Ministerio de Defensa, determinando que mediante contratos y convenios irregulares con Dekolor S.R.L., PagoRD Xchange S.R.L. y Transcore Latam S.R.L., se otorgó acceso privilegiado a estas empresas, utilizadas para desviar fondos públicos y ejecutar operaciones de lavado de activos, vulnerando los principios de transparencia, seguridad tecnológica y legalidad administrativa.
Precisa el Ministerio Público en su acusación, que el eje central del esquema es José Ángel Gómez Canaán, quien mantiene vínculos societarios, financieros y operativos con las empresas Dekolor, PagoRD Xchange, Transcore Latam y Aurix, y que bajo su dirección, estas entidades conformaron un entramado criminal dedicado a la estafa contra el Estado, al lavado de activos y al sabotaje tecnológico, consolidando su control sobre infraestructuras críticas y recursos estratégicos del Estado.
Cargos que les imputa el Ministerio Público a los imputados. Señala el expediente acusador que José Ángel Gómez Canaán es señalado como beneficiario de contratos fraudulentos con Transcore Latam, Dekolor y PagoRD Xchange y responsable del control de sistemas semafóricos, videovigilancia y espionaje tecnológico, además del sabotaje a la red semafórica del Gran Santo Domingo.
Mientras que Hugo Beras facilitó adjudicaciones fraudulentas a empresas sin capacidad técnica y participó en la manipulación de la red semafórica y del sistema de videovigilancia. Frank Díaz Warden manipuló licitaciones y decisiones del Comité de Compras para favorecer a empresas del esquema de corrupción, en tanto que Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda facilitó el control técnico de la red semafórica y falsificó certificaciones.
Añade asimismo, que Juan Francisco Álvarez Carbuccia emitió certificaciones falsas de disponibilidad presupuestaria; Pedro Vinicio Padovani Báez supervisó el centro de control de tráfico y participó en licitaciones fraudulentas, lavado de activos y sabotaje de la red semafórica; Carlos José Peguero Vargas movilizó fondos a través de Inprosol S.R.L.; Mariano Gustini y Manuel Eduardo Mora Vázquez, representantes de PagoRD Xchange, actuaron como testaferros, ocultando la propiedad real de la empresa y desviando fondos hacia Gómez Canaán, y Henry Darío Feliz Cassó operó como intermediario financiero en el desvío y lavado de fondos públicos.
Respecto a las personas jurídicas, indica la acusación, que Transcore Latam S.R.L. nfue utilizada para contratos fraudulentos y control de la red semafórica; PagoRD Xchange S.R.L. se empleó para la apropiación de ingresos públicos y adquisición de bienes de lujo; Industria Soltex Dominicana S.R.L. participó en operaciones de lavado y contrabando; Dekolor S.R.L. encubrió, desvió y manipuló licencias; Aurix S.A.S. se destinó al espionaje y sabotaje tecnológico; Inprosol S.R.L. funcionó como vehículo financiero del esquema, y OML Inversiones S.R.L. adquirió bienes inmuebles con fondos ilícitos.
Calificación de los hechos cometidos. Establece el Ministerio Público, que el grupo fue acusado de incurrir en lavado de activos, desfalco, asociación de malhechores y de cometer estafa en perjuicio del Estado dominicano, además de sabotaje, robo de identidad, crímenes y delitos contra la nación y actos de terrorismo, así comode incurrir en crímenes y delitos de alta tecnología y uso de documento privado.
También, de contrabando y violación a la Ley de Armas, conductas tipificadas y sancionadas por varios artículos de la Constitución de la República Dominicana, Código Penal Dominicano y de la Ley número 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, Ley número 155-17 sobre Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo, la ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados y la Ley número 17-19 sobre la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados.

