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15 días para retirar las luces de LED de los vehículos de motor

por DeLegalymas
INTRANT da quince día para retirar luces de LED de los vehículos

Redacción Delegalymas

 El INTRANT través de la  resolución 009-2018, emitida el pasado 2 de este mes de agosto, prohíbe el uso de las luces de LED en los automóviles, y para ello ha dado un plazo de quince días a partir de la publicación de la misma.

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) dio a conocer la medida el pasado jueves, la cual de inmediato encontró resistencia de parte de los propietarios de tiendas de auto adornos, quienes distribuyen en el país estos dispositivos, quienes alegan que si pierden ese mercado sus negocios podrían irse a la quiera.

La prohibición del uso de luces de alta luminosidad e intensidad (LED) en los vehículos de motor que circulen en las vías públicas de todo el territorio nacional entrará en vigencia en quince días contando la fecha de publicación de la resolución, según informó el INTRANT a través de un comunicado.

La directora ejecutiva de la entidad, Claudia Franchesca de los Santos, informó que el plazo es para que los conductores retiren las barras de LED de sus vehículos, ya que a  partir del viernes 17 de este mes de agosto, los propietarios de vehículos que sean sorprendidos utilizando éstos dispositivos serán multados con el pago de un salario mínimo del establecido en el sector público descentralizado, de acuerdo al artículo 192 de la Ley 63-17”.

La resolución regula todo lo concerniente al equipamiento y al uso de aditamentos de iluminación en los diferentes tipos de vehículos (automóviles, motocicletas, camiones) al tiempo que prohíbe textualmente su  uso, instalación, modificación, aditamento o adaptación de accesorios de emisión de dicha luces.

Indica el comunicado que: “El uso indebido de los accesorios de emisión de luz de alta luminosidad o intensidad instalados como aditamentos o adaptaciones, no de fábrica de los vehículos de motor que circulan en las vías públicas son causantes de siniestros de tránsito por deslumbramiento y desorientación a conductores, por el destello o haz luminoso que este tipo de luces producen”, expresa el INTRANT en una nota informativa.

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