Yaniris Martínez Cordero fue condenada a la pena máxima de 30 años de cárcel por los jueces Luis Rafael Diloné, Rosa Molina y Ana María Jiménez, del Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Espaillat, tras ser hallada culpable de provocar la muerte a su hijastra de tres años de edad al someterla constantemente a maltratos físicos, emocionales y verbales.
Por el caso también fue condenado a un año de prisión Nichalson Nina, padre de la niña, luego de que el Ministerio Público estableciera que incurrió en negligencia en el cuidado de la menor. El procesado deberá cumplir la pena en La Isleta de Moca, provincia Espaillat, mientras que la madrastra fue enviada a Rafey Mujeres, en Santiago.
En el juicio el Ministerio Público, presentó pruebas suficientes sobre los actos de tortura y barbarie que le provocaron la muerte a la infante. Martínez Cordero fue hallada culpable de violar los artículos 295, 303-4 y 304 del Código Penal Dominicano, mientras que Nina fue condenado en virtud de lo que establece el artículo 357, numeral 3, de dicha norma.
El expediente fue instrumentado por la fiscal investigadora Keyla Rosario, quien indicó que en fecha 8 de mayo del 2023, alrededor de las 9:30 de la mañana, el Departamento de Investigación Criminal de Gaspar Hernández fue informado por un médico legista de que en un centro de salud de dicho municipio habían llevado muerta a la niña.
De acuerdo al referido centro de salud, la víctima había llegado sin signos vitales y, luego de ser examinado el cadáver, el médico legista recomendó la realización de una autopsia médico legal, mediante la cual se estableció que la menor presentaba múltiples laceraciones traumáticas antiguas en espalda y abdomen.
Al respecto, el fiscal Fernando Martínez, procurador fiscal de Niños, Niñas y Adolescentes de la citada jurisdicción, estableció en el transcurso de las investigaciones, que previo a la muerte de la niña, se había realizado un acuerdo de no agresión a la víctima por parte del padre y la madrastra en el centro educativo donde ella estudiaba, debido a que la niña llegaba frecuentemente al centro docente con golpes en distintas partes del cuerpo, además de que varios testigos manifestaron que la madrastra de la niña de manera constante la sometía a hechos de violencia.
En fecha 11 de mayo del 2025, se solicitó el informe preliminar de autopsia, donde se determinó que por los hallazgos encontrados, se podía establecer que la niña había padecido el síndrome del niño maltratado, al presentar hemorragia y edema pulmonar, gastritis hemorrágica, cianosis de lechos ungueales, cicatriz antigua en cara y extremidades inferiores y superiores.
Las fiscales litigantes Yesiely Fabré y Luisa Rodríguez sustentaron la solicitud de la sentencia condenatoria con elementos probatorios con los cuales demostraron la responsabilidad penal de los procesados.

